JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PÚBLICO C/ GUILLERMO ANTONIO CASTILLO TAPIA

Rol

Fecha

1 de abril de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo únicamente presente que la medida cautelar decretada resulta desproporcionada,

Fundamentos

considerando la gravedad del ilícito que se atribuye al imputado, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, con declaración que se sustituye la medida cautelar de arresto domiciliario total de Guillermo Antonio Castillo Tapia, por la de arresto domiciliario parcial, debiendo permanecer en su domicilio desde las 22 hasta las 6 horas del día siguiente. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Martínez, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada, atendido que otras medidas menos intensas del artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para satisfacer los fines del procedimiento. Comuníquese y devuélvase. RUC Nº 2100287747-0 N°Penal-637-2021.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a uno de abril de dos mil veintiuno, se da inicio a esta audiencia a las 09:10 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Patricio Martínez Sandoval e integrada por los Ministros Sr. Álvaro Carrasco Labra y Sra. Carolina Figueroa Chandía y actuando como Ministro de Fe el Relator Sr. Gonzalo Cés

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