JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CURACAUTIN

OLGADINA DEL ACRMEN CASTILLO DIAZ C/ CESAR EDUARDO IBACACHE CASTILLO

Rol

Fecha

31 de marzo de 2021

Materia

PARRICIDIO.ART. 390.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes, compartiendo esta Corte los

Fundamentos

fundamentos de la resolución en alzada y estimando que los nuevos antecedentes, hechos valer por la defensa, carecen del mérito para desvirtuar aquellos que se tuvieron en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, manteniéndose incólume la necesidad de cautela que se satisface solo con la medida cautelar decretada, atendida la gravedad de la pena asignada al delito, naturaleza y carácter del mismo y teniendo además presente los antecedentes penales del imputado, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintiuno, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado CESAR EDUARDO IBACACHE CASTILLO. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-314-2021. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de marzo de dos mil veintiuno. A la presentación de la abogada Rocío Vásquez Fierro, folio 4: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente la delegación de poder. A la presentación del abogado Eugenio Sáez Infante, folio 5: A lo principal y otrosí: Téngase presente. VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes, compartiendo esta Corte los fund

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