ARÍS/OYARZO
Rol
Fecha
30 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que don Ricardo Baltierra O’kuinghttons, abogado, domiciliado en Calle 30 Oriente N°1528, oficina 901, Talca, en representación convencional de doña Lucía Marta Adriana Arias Rojas, domiciliada en Hijuela Las Casas, Linares, interpuso recurso de protección en contra de: i) RUTA DEL MAULE SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A., sociedad del giro de su denominación, representada por su Gerente General, don MARIO BALLERINI FIGUEROA, desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en Calle Cerro El Plomo N°5630, piso 10, comuna de Las Condes, Santiago; ii) DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DEL MAULE, representada por don PATRICIO FELIPE HERRERA SEPÚLVEDA, Ingeniero Civil, o quien lo reemplace o subrogue en el cargo, ambos domiciliados en Lado Sur Cruce Varoli S/N y/o en 1 Oriente 1253, comuna de Talca; y iii) RICARDO ANDRÉS OYARZO CÁRCAMO, Inspector Técnico de Obras, domiciliado en Merced 753 Piso 7, Santiago, por los actos y omisiones, arbitrarios e ilegales cometidos en contra de la afectada LUCIA MARTA ADRIANA ARIS ROJAS, solicitando, en definitiva, que esta acción cautelar sea acogida en todas sus partes, y como consecuencia de ello, se dicten las medidas conducentes a poner fin a los actos y omisiones arbitrarios e ilegales que privan, perturban y/o amenazan los derechos protegidos constitucionalmente conculcados. Indica que su representada es dueña del inmueble denominado Hijuela de las Casas, ubicado en las subdelegaciones Arrayanes y Pilocoyán del departamento de Linares, que comprende los potreros números tres, cuatro, cinco, seis y siete, con una superficie total de 23 hectáreas 1.351 metros cuadrados de terreno, con los deslindes que especifica; que fue adquirido por ella mediante adjudicación, según consta en escritura pública otorgada ante Notario Público de Linares, el 4 de Julio de 1962, y figura inscrito a su nombre a Fojas 349 vta., Número 470, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Linares del año 1962; y que el rol de avalúos es el N°539-44 de la comuna de Linares. Agrega que en el frente del inmueble se está ejecutando actualmente la Obra Pública “CONCESION INTERNACIONAL RUTA 5. TRAMO: TALCA - CHILLAN. SECTOR: PASARELA PEATONAL Y PARADEROS CAMINO REAL. KM. 300.000,00 AL KM. 300.700,00”. Es más, por Decreto Exento N° 1689 de 21 de noviembre del 2018, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS dispuso la expropiación del lote de terreno N° 3, de 1.956 M2 necesarios para dicha obra pública, y que forma parte de la propiedad de su representada. Esta obra pública es ejecutada por la empresa contratista RUTA DEL MAULE SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A., cuya fiscalización está cargo del Inspector Fiscal don RICARDO OYARZO CARCAMO. Como consecuencia de la expropiación referida, y de las obras ejecutadas tanto en el lote expropiado mismo, como en los alrededores, doña LUCIA ARIS ROJAS ha resultado lamentable e injustamente perjudicada, debido a actos y omisiones cometidas por los responsables de la obra en cuestión. Los actos
Fallo
Por tanto, lo señalado por la recurrente es absolutamente falso. No es efectivo que Ruta del Maule no haya realizado las obras de drenaje y saneamiento contempladas en las proyecciones técnicas de la obra de modificación. El proyecto original de saneamiento y drenaje aprobado por el M.O.P. según lo instruido a desarrollar a través del D.S. N° 259 de 2016, para el lado oriente de la Ruta 5, se consideraba principalmente la ejecución de obras para la evacuación de aguas lluvias de la nueva calle de servicio por este lado de la Ruta, cuya configuración principal se basa en la construcción de un colector de aguas lluvias que recoge las aguas superficiales a través de sumideros ubicados en ambos bordes de la calle de servicio, situación que muestra. Posteriormente, durante el desarrollo de las obras, se propuso y se aprobó por el M.O.P. una modificación al sistema de saneamiento en el sector de la calle de servicio aledaña a la calle de servicio del lado oriente de la Ruta, de modo de incorporar un foso revestido por el lado oriente de la calle de servicio, e incorporó además una obra de arte (alcantarilla) que permitiera el paso de las aguas lluvias desde el lado oriente al poniente de la calle de servicio en construcción, que muestra. Esta modificación incorporada al proyecto original tenía por objeto mejorar las capacidades de captación y escurrimiento de aguas lluvias permitiendo su acopio y circulación sin afectar la calle de servicio que se encontraba en ese momento en ejecu
Texto Completo (Preview)
Talca, treinta de marzo de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que don Ricardo Baltierra O’kuinghttons, abogado, domiciliado en Calle 30 Oriente N°1528, oficina 901, Talca, en representación convencional de doña Lucía Marta Adriana Arias Rojas, domiciliada en Hijuela Las Casas, Linares, interpuso recurso de protección en contra de: i) RUTA DEL MAULE SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A., sociedad
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