TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A./CELIS TOBAR SANDRA (LTE)
Rol
Fecha
26 de marzo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se elimina el
Fundamentos
considerando tercero del
Fallo
fallo en alzada. Y teniendo, además y en su lugar, presente: Atendido que la cláusula de aceleración contenida en el pagaré se entiende ejercida al exteriorizar la voluntad del acreedor en tal sentido, lo que se estima ocurre con la interposición de la demanda, y contabilizado el plazo desde tal fecha, 6 de abril de 2018, resulta claro que a la fecha de notificación de la demanda, 12 de marzo de 2019, no se ha cumplido el plazo de un año que establece el artículo 98 de la Ley N°18.092, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Civil-12608-2019. En Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno. Vistos: Se elimina el considerando tercero del fallo en alzada. Y teniendo, además y en su lugar, presente: Atendido que la cláusula de aceleración contenida en el pagaré se entiende ejercida al exteriorizar la voluntad del acreedor en tal sentido, lo que se estima ocurre con la interposición de la demanda, y contabilizado el p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica