EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. CON RAFAEL RODRIGO FERNÁNDEZ MATAMOROS
Rol
Fecha
25 de marzo de 2021
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de la propia relación de los hechos de la parte demandante y la prueba incorporada por ésta, no se observa la concurrencia de los presupuestos que hacen posible afirmar la existencia del cuasicontrato del pago de lo no debido o pago por error, toda vez que la demandante a la fecha del pago, a saber, el 6 de noviembre de 2014, cumplió conforme lo dispone el artículo 183 B del Código del Trabajo, con una obligación en calidad de responsable solidario o subsidiario como empresa principal, respecto de un subcontratista moroso, circunstancia que descarta la procedencia de la acción incoada del modo que ha sido propuesto por la actora, determinando el rechazo de la demanda como viene definido por el tribunal a quo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de cinco de mayo de dos mil veinte, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en la causa Rol C-11352-2018. Regístrese y devuélvase. N° 2164-2020-Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de la propia relación de los hechos de la parte demandante y la prueba incorporada por ésta, no se observa la concurrencia de los presupuestos que hacen posible afirmar la existencia del cuasicontrato del pago de lo no debido o pago por error, toda vez que la demandante a la fecha del pago, a saber,
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