SIN INFORMACION

PABLO DÍAZ/BANCO ESTADODE CHILE

Rol

Fecha

22 de marzo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Pablo Patricio Díaz Flores, trabajador independiente, con domicilio en Carlos Aguirre Luco Nº0520, comuna de Puente Alto, quien deduce acción de protección en contra Banco del Estado de Chile, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins 1111, Santiago, por los hechos que pasa a exponer. Expresa que mantiene en dicho banco una “cuenta RUT” y que el pasado 30 de noviembre de 2020, sufrió un fraude en sus fondos por lo que pidió el bloqueo de su cuenta y realizó el respectivo reclamo el 4 de diciembre de ese mismo año. Dicho reclamo fue acogido dándole como fecha estimada de respuesta para el 14 de diciembre, pese a lo cual, a la fecha de interposición del recurso, esto es 29 de diciembre de 2020, aquello no se había materializado. Explica que el fraude consistió en la sustracción de $400.000 de su cuenta, verificándose que se había efectuado un giro por $200.000 desde un cajero automático y una compra por $199.990 en un supermercado, transacciones que desconoce. Destaca que es una persona de 68 años, pensionado y con una familia de la cual es proveedor y solicita a esta Corte que el Banco recurrido reintegre los fondos referidos a su cuenta a la brevedad, puesto que es deber del mismo custodiar el dinero que se le ha entregado, con la confianza y respaldo que los clientes merecen. Segundo: Emite informe al tenor del recurso doña Nicolle Castro Acuña, quien sostiene que el recurrente no ha logrado en ningún caso acreditar la vulneración de medidas de seguridad por parte de su representada, añadiendo que de los hechos descritos en el libelo, y en particular sus peticiones concretas, exceden las materias que deben ser conocidas vía recurso de protección, atendida su naturaleza cautelar, ya que, en su opinión, se ha denunciado un conflicto contractual en el que se reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda, por lo que el presente arbitrio no debió ser a

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso de protección la abogado doña Nicolle Castro Acuña, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 10:24 horas y terminó a las 10:30 horas. San Miguel, 22 de marzo de 2021. Alejandra Soto Nilo. Relatora. San Miguel, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno. Al escrito 17656: Téngase presente. Vistos y teniendo pre

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