SIN INFORMACION

ROJO/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

19 de marzo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que don CARLOS ALBERTO ROJO VERDEJO, jubilado, domiciliado para estos efectos en Calle Manuel Balmaceda 371, oficina 406, comuna de Puente Alto, recurre de protección en contra del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, sociedad del giro de su denominación, representado legalmente por doña Jessica López Saffie, cuya profesión u oficio no indica, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins 1.111, comuna de Santiago, a fin de que esta Corte adopte las medidas necesarias para restablecimiento del imperio del derecho, específicamente, ordene a la institución recurrida le habilite una cuenta RUT a su nombre y emita la tarjeta de débito asociada a ella, ante el acto que califica de ilegal y arbitrario, consistente en la negativa de la recurrida a abrir una Cuenta Rut a nombre del recurrente, para recibir el pago de su pensión atendida la emergencia sanitaria y su avanzada edad. Arguye que dicho actuar constituye un acto ilegal y arbitrario que vulnera las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1°, 2°, 22° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que no tiene la libre administración de sus bienes, ya que en el año 2018 solicitó su liquidación voluntaria, la que fue admitida a tramitación, dictándose con fecha 26 de diciembre del mismo año la resolución de liquidación respectiva en los autos el Rol C-7883-2018 del 2º Juzgado Civil de San Miguel. Afirma que dada la pandemia y su avanzada edad, con fecha 23 de julio del año recién pasado, el liquidador concursal solicitó en la referida causa, se oficiara al Banco del Estado de Chile para que pudiera obtener el pago de su pensión mediante transferencia electrónica en la cuenta Rut, teniendo presente que la entidad financiera entiende que la única forma de poder abrir una cuenta Rut es que exista una resolución judicial que así lo ordene. Sostiene que dicha petición fue rechazada por el tribunal por estimar que carecía de facultades para decretar aquello,

Fundamentos

considerando que existen casos en que se ha habilitado Cuentas Rut de deudores sometidos a procedimientos concursales de liquidación, constituyendo una discriminación arbitraria en su perjuicio, al no ser tratado con igualdad frente a otras personas que, en sus mismas condiciones, han podido acceder a tal producto bancario. Refiere que igualmente se ha visto afectado su derecho de propiedad, desde el momento que se le inhabilitó la cuenta Rut que usaba para recibir su pensión mensual, que no se encuentra sujeta a incautación, lo que estima no correspondía por no ser dicha cuenta un producto que le permita acceder a préstamos o tenga las características de una cuenta corriente. Reclama que también se ve vulnerado su derecho a la vida e integridad física, en tanto, se lo obliga a acudir presencialmente a obtener el pago de su pensión en las condiciones sanitarias actuales, exponiéndose innecesariamente al riesgo de contraer alguna enfermedad.

Fallo

Por lo expuesto, pide lo más arriba señalado. SEGUNDO: Que el Banco del Estado de Chile, a través de su apoderado, don Marcelo Davico Ramírez, evacuó el informe que le fuera requerido, solicitando el total rechazo de la acción entablada, con costas. Aduce al efecto, en primer lugar, que el recurso de protección es una acción de naturaleza cautelar, urgente y no declarativa de derechos, razón que basta para el rechazo del libelo de autos, considerando que lo reclamado no es un derecho indubitado, no siendo ésta la vía adecuada para obtener un pronunciamiento jurisdiccional que dirima su existencia y validez, ya que su fallo y discusión es materia de un juicio de lato conocimiento. En segundo lugar, en cuanto al fondo, indica que no es posible sostener que el Banco del Estado de Chile haya incurrido en un acto ilegal o arbitrario, ni ha existido vulneración de las garantías constitucionales denunciadas por el recurrente, ya que efectivamente esa parte no presenta reclamos ni restricciones en los sistemas del banco sino tan solo una medida restrictiva. Explica que la cuenta Rut del recurrente, tiene una instrucción de “Cliente en Proceso en Liquidación Voluntaria” de la ley N° 20.720, ingresada en enero de 2019, proceso que aún no culmina. Agrega que “esto significó que el tribunal asignara un liquidador para la administración de los activos financieros del deudor, quedando éste con MR 01-017 la que bloquea toda emisión y entrega de productos hasta el término del proceso judici

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San Miguel, diecinueve de marzo de dos mil veintiuno. Proveyendo escrito folio 15570: Estese a lo que se resolverá. VISTOS: PRIMERO: Que don CARLOS ALBERTO ROJO VERDEJO, jubilado, domiciliado para estos efectos en Calle Manuel Balmaceda 371, oficina 406, comuna de Puente Alto, recurre de protección en contra del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, sociedad del giro de su denominación, representado legalm

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