2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

OSSES/LOGISAP SERVICIOS DE GESTION EN RECURSOS HUMANOS LTDA

Rol

Fecha

18 de marzo de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha trece de marzo del año dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O – 5747 - 2019, se acogió la demanda interpuesta por Nelly Dolores Osses Puelma en contra de LOGISAP Servicios de Gestión en Recursos Humanos SPA, declarando injustificado el despido de la trabajadora, y ordenando a la demandada el pago de la indemnización respectiva. Contra este fallo la demandada dedujo recurso de nulidad, basada en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la demandada hace valer la causal del artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N°4 del Código del Trabajo, por no haber cumplido el

Fallo

fallo la demandada dedujo recurso de nulidad, basada en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que la demandada hace valer la causal del artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N°4 del Código del Trabajo, por no haber cumplido el fallo con el requisito de contener el análisis de toda la prueba rendida. Funda su recurso en que la sentenciadora se limita a enumerar la prueba rendida y no efectúa un acabado análisis de la misma. Indica que, según se desprendería de los considerandos séptimo y octavo del fallo, en este no se analizó completamente la tesis de que la trabajadora no avisó a la empresa el fallecimiento de su madre, y que la prueba documental del caso fue analizada en conjunto, sin efectuar un análisis separado de cada medio probatorio para explicar cómo aportaba o las razones por las que se desechaba para las conclusiones fácticas. Concluye que si se hubiera analizado y fundamentado toda la prueba expuesta por él en la audiencia de juicio oral, la magistrada habría rechazado la demanda en todas sus partes. Segundo: Que la causal esgrimida requiere, para ser acogida, los siguientes requisitos: a) Que el sentenciador efectivamente haya omitido el análisis de determinados medios de prueba en su sentencia; b) que recurrente singularice cuál

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de fecha trece de marzo del año dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O – 5747 - 2019, se acogió la demanda interpuesta por Nelly Dolores Osses Puelma en contra de LOGISAP Servicios de Gestión en Recursos Humanos SPA, declarando injustificado el

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