HERNÁNDEZ/EZENTIS CHILE S.A.
Rol
Fecha
18 de marzo de 2021
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT Nº O-748-2019, RUC 1940164356-K, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintiséis de marzo de dos mil veinte, la jueza de dicho tribunal, doña Ivette Mourguet Besoain, acogió la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo interpuesta por don Enrique Hernández Carreño en contra de Ezentis Chile S.A. y Telefónica Chile S.A., declarando que el accidente sufrido por el demandante el día 23 de octubre de 2018 es de carácter laboral, siendo responsable la demandada por haber incumplido el deber legal de cuidado de la salud del trabajador establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo, disponiendo el pago solidario de la suma de $30.000.000.- por concepto de daño moral. Contra ese fallo la demandada Ezentis Chile S.A. dedujo recurso de nulidad, haciendo valer de manera principal y, a continuación subsidiaria, la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, la de infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en el primer caso, en relación a los artículos 69 de la Ley N° 16.744, 1556 del Código Civil y, luego en subsidio, al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pide se anule la sentencia y se dicte otra de remplazo que desestime la demanda, dejando sin efecto las sumas condenadas (sic), o bien rebajarlas a las sumas que esta Corte determine. Así, declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de la parte demandante y de la demandada recurrente Ezentis Chile S.A. La demandada solidaria también dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia, pero en atención a que no compareció el día de la vista del recurso, este fue declarado abandonado.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El letrado que representa a la demandada Ezentis Chile S.A., don Ricardo Espinoza Vio, ha cuestionado el
Fallo
fallo la demandada Ezentis Chile S.A. dedujo recurso de nulidad, haciendo valer de manera principal y, a continuación subsidiaria, la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, la de infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en el primer caso, en relación a los artículos 69 de la Ley N° 16.744, 1556 del Código Civil y, luego en subsidio, al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pide se anule la sentencia y se dicte otra de remplazo que desestime la demanda, dejando sin efecto las sumas condenadas (sic), o bien rebajarlas a las sumas que esta Corte determine. Así, declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de la parte demandante y de la demandada recurrente Ezentis Chile S.A. La demandada solidaria también dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia, pero en atención a que no compareció el día de la vista del recurso, este fue declarado abandonado. CONSIDERANDO: PRIMERO: El letrado que representa a la demandada Ezentis Chile S.A., don Ricardo Espinoza Vio, ha cuestionado el fallo pronunciado en estos antecedentes, para lo cual deduce recurso de nulidad invocando como causal la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, para lo cual da por transgredidos los artículos 69 de la ley N° 16.744, en relación con el artículo 1546 del Código Civil y, tambié
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Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos RIT Nº O-748-2019, RUC 1940164356-K, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintiséis de marzo de dos mil veinte, la jueza de dicho tribunal, doña Ivette Mourguet Besoain, acogió la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo interpuesta por don Enrique Hernández Car
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