1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

POLLE/SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO

Rol

Fecha

18 de marzo de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: En estos autos RIT Nº T-195-2019, RUC Nº 1940164139-7, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintinueve de marzo de dos mil veinte, el juez de dicho tribunal don Eduardo Ramírez Urquiza, acogió la demanda subsidiaria de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por don Jorge David Polle Ansaldi en contra del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, declarando que el despido sufrido por el demandante con fecha 31 de marzo de 2018 ha sido injustificado, condenando a la demandada al pago de las prestaciones que indica, determinando además que el despido referido precedentemente no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo del actor, para efectos remuneracionales, por no encontrarse pagadas íntegramente sus cotizaciones previsionales, sin costas. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer dos causales, una en subsidio de la otra, ambas sustentadas en el artículo 477 Código del Trabajo, esto es, indicando que en la dictación de la sentencia se incurrió en infracción de ley que influyó sustancialmente en su parte dispositiva; en primer lugar, da por transgredidos los artículos 7° y 8° del Código del Trabajo, en relación al artículo 11 del Estatuto Administrativo, por aplicación indebida y, luego en subsidio es a los artículos 162 y 58 del Código del Trabajo, por aplicación indebida y errónea. Así, en el petitorio de su escrito recursivo, pide en relación con la primera causal que, se anule la sentencia y se dicte la correspondiente de reemplazo que rechace la demanda con costas, y por el segundo capítulo que, se anule la sentencia y se dicte fallo de reemplazo que rechace la acción de nulidad del despido. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: El letrado don Carlos Gutiérrez de Torres, que representa a la demandada, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, ha deducido recurso de nulidad en contra del

Fallo

fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer dos causales, una en subsidio de la otra, ambas sustentadas en el artículo 477 Código del Trabajo, esto es, indicando que en la dictación de la sentencia se incurrió en infracción de ley que influyó sustancialmente en su parte dispositiva; en primer lugar, da por transgredidos los artículos 7° y 8° del Código del Trabajo, en relación al artículo 11 del Estatuto Administrativo, por aplicación indebida y, luego en subsidio es a los artículos 162 y 58 del Código del Trabajo, por aplicación indebida y errónea. Así, en el petitorio de su escrito recursivo, pide en relación con la primera causal que, se anule la sentencia y se dicte la correspondiente de reemplazo que rechace la demanda con costas, y por el segundo capítulo que, se anule la sentencia y se dicte fallo de reemplazo que rechace la acción de nulidad del despido. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: El letrado don Carlos Gutiérrez de Torres, que representa a la demandada, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, ha deducido recurso de nulidad en contra del fallo pronunciado en estos antecedentes, invocando de manera principal la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en este caso a los artículos 7° y 8° del Código del Trabajo, en relación al a

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Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos RIT Nº T-195-2019, RUC Nº 1940164139-7, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintinueve de marzo de dos mil veinte, el juez de dicho tribunal don Eduardo Ramírez Urquiza, acogió la demanda subsidiaria de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por

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