3ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VALPARAISO

PINCHEIRA / TRANSPORTES CHAMICA LTDA

Rol

Fecha

18 de marzo de 2021

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

considerandos noveno y décimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente. 1° Que del mérito del Certificado de Inscripción y Anotaciones vigentes acompañado a fojas 72, de la factura N°95 de 12 de julio de 2019, emitida por el Martillero Público Aldo Crovetto Salinas y la solicitud de transferencia del Servicio de Registro Civil e Identificación que rola a fojas 96, se encuentra suficientemente acreditado que la demandante civil es dueña del vehículo Kia Rio 5, PPU KRCS.39-4 de conformidad al artículo 38 de la Ley N°18.290 desde el 12 de julio de 2019. 2° Que, acreditada la titularidad del vehículo por parte de la demandante, y considerando el hecho infraccional que se dio por establecido, resulta procedente indemnizar el daño emergente requerido por la actora el que se valora en la suma de $2.582.023, teniendo presente para aquello el documento escrito a fojas 64 y 65 consistente en la cotización particular N°22007 emitido por la empresa Rosselot, por mano de obra y repuestos del vehículo siniestrado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se revoca, en lo apelado, la sentencia de diecisiete de enero de dos mil veinte escrita de fojas 67 a 70, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso y, en su lugar, se declara que se acoge la demanda civil interpuesta por Gloria Alejandra Pincheira Ortiz en contra de Transportes Chamica Ltda., solo en cuanto se condena al demandado, ya individualizado, al pago de $2.582.023 (dos millones quinientos ochenta y dos mil veintitrés pesos) a título de daño emergente, con reajuste conforme la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha que la sentencia quede ejecutoriada y su pago efectivo, debiendo, además, aplicarse los intereses desde que el deudor se constituya en mora. Regístrese, notifíquese y devuélvase, en su oportunidad. N° Policia Local-167-2020.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos noveno y décimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente. 1° Que del mérito del Certificado de Inscripción y Anotaciones vigentes acompañado a fojas 72, de la factura N°95 de 12 de julio de 2019, emitida por el Martillero

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