RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO EN FAVOR DE HOMERO PIÑONES ARAYA C/CARABINEROS CHILE
Rol
Fecha
17 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando PRIMERO: Que, comparece GUSTAVO ADOLFO ALVAREZ LAGUNAS, abogado, domiciliado en calle Estado Nº 215, of. 902, Ciudad Santiago, en representación de HOMERO EDUARDO PIÑONES ARAYA, cedula de identidad número 10.784.470-8, electricista, domiciliado en calle Rodillo N° 124, Lote 7, Sector Vegas Norte, La Serena, interponiendo acción constitucional de protección en contra de CARABINEROS DE CHILE, IV ZONA, COQUIMBO, 1° COMISARIA DE LA SERENA, representado por el Sr. Prefecto Subrogante, Teniente Coronel don GIANNI BARNATO GOMEZ, por el acto consistente en no remitir al Juzgado competente los antecedentes relativos a la clausura de un inmueble de propiedad de su representado. Como garantía vulnerada indica aquella contenida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que su representado es dueño del inmueble ubicado en calle Lautaro N° 880, comuna de La Serena, el cual entregó en arriendo a doña CARMEN DEL ROSARIO AREVALO ROMERO, por contrato de fecha 15 de Enero del año 2019. Agrega que ese contrato tiene vigencia de 3 años, y es para fines habitacionales o comerciales. Afirma que la arrendataria desarrolla el giro comercial de Hospedaje en el inmueble, y cuenta con patente definitiva hasta el 31 de julio de 2021, la cual se encuentra debidamente pagada. Asevera que con fecha 17 de enero de 2021, se notifica a una representante de la arrendataria de la clausura del inmueble por el presunto funcionamiento de un prostíbulo clandestino. Precisa que tal notificación la habría realizado la Primera Comisaría de Carabineros de La Serena, debido a que en el marco de una investigación que desarrollaría la SIP de dicha unidad, se habría determinado que el inmueble era utilizado como prostíbulo clandestino. Indica que su representado se enteró de la situación debido a que le habría sido comunicada por su arrendataria, y que por esta actuación, que estima ilegal, no ha podido ejercer los derechos que como propietario le asisten para dejar sin efecto la clausura. Puntualiza que ello se debe a que Carabineros no ha remitido los antecedentes al Tribunal competente, cuestión que lo dejaría en indefensión, pues le impide ejercer sus derechos, en circunstancias que su inmueble cuenta con toda la documentación que habilita para su funcionamiento como hostal. Agrega que su representando, en conjunto con su arrendataria, han recorrido diversos organismos estatales en busca de información, sin obtener respuesta. Señala que ninguno de los organismos en que consultó su representado mantenía información de la clausura, a excepción del 2° Juzgado de Policía Local de La Serena, el cual citó a la arrendataria a una audiencia a realizarse el 05 de enero de 2021. Señala que la Jueza de ese Tribunal, no tenía antecedentes en su poder para resolver la denuncia, debido a lo cual llamó a Carabineros otorgándoles el plazo de 48 horas para remitir los antecedentes sobre la clausura, no habiendo acontecido nada desde entonces. Argume
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección, se resuelve que: I.- Que SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto por GUSTAVO ADOLFO ALVAREZ LAGUNAS en representación de HOMERO EDUARDO PIÑONES ARAYA en contra de CARABINEROS DE CHILE, IV ZONA, COQUIMBO, 1° COMISARIA DE LA SERENA. II.- No se condena en costas a la recurrente Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad Rol N° 19-2021 (Protección).-
Texto Completo (Preview)
Piñones Araya, Homero Carabineros de Chile Recurso de Protección Rol Nº 19-2021.- La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. Visto y considerando PRIMERO: Que, comparece GUSTAVO ADOLFO ALVAREZ LAGUNAS, abogado, domiciliado en calle Estado Nº 215, of. 902, Ciudad Santiago, en representación de HOMERO EDUARDO PIÑONES ARAYA, cedula de identidad número 10.784.470-8, electricista, domiciliad
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