RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO POR PABLO MUÑOZ CEBALLOS C/A.F.P. CUPRUM S.A..
Rol
Fecha
17 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO.
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1° Que, a folio 1 y con fecha 14 de enero de los corrientes, comparece PABLO ALFONSO MUÑOZ CEBALLOS, chileno, domiciliado en Mar Azul 1040, Los Vilos, y deduce recurso de protección en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRUM S.A., representada por su Gerente General, Sr. Martín Mujica Ossandón, ambos domiciliados en Bandera N° 236, piso 6, Santiago por no colocar a disposición los dineros asociados al retiro de los fondos previsionales sancionados por la Ley 21.248 y la Ley 21.295, una vez que se ha levantado medida cautelar decretada por el Tribunal de Familia de Talca y ha sido debidamente informado por el mismo. Expone que el 30 de julio de 2020, la demandante en causa rol M-1348-2016 del Tribunal de Familia de Talca, solicitó la retención de su retiro de fondos AFP, accediendo a aquello el juzgado. El 12 de septiembre, AFP Cuprum, informó al tribunal el valor del monto retenido por concepto del primer retiro de fondos que asciende a $1.922.170, oficio con folio nº 77 de la misma causa rol M-1348-2016. Paralelamente, en causa rol Z-166-2018, el Tribunal de Cumplimiento continuó la determinación de la deuda de pensión de alimentos, practicándose una liquidación el día 08 de octubre de 2020, determinando una deuda por $86.220. Enseguida, el 14 de noviembre de 2020, el ministro de fe del tribunal certificó: “que no constan otras causas de cumplimiento de alimentos Z, con solicitudes y/o alimentarios con resoluciones referidas a retención de fondos previsionales correspondientes a cuenta de capitalización individual, respecto de demandado don PABLO MUÑOZ CEBALLOS” certificación disponible en folio nº 79 de la causa rol Z-166-2018. Refiere que el día 20 de noviembre, se dictó la resolución que ordena a la AFP Cuprum el pago de $86.220 a la demandante, en un plazo de 10 días, y además determino que: “Hecho lo anterior, déjese sin efecto la medida cautelar de retención decretada en esta causa, en virtud de ello y para el caso de existir saldo a favor del titular, póngase a disposición del mismo los fondos previsionales autorizados a retirar, siempre y cuando el alimentante o afiliado no registrare otras causas en que se hayan decretado medidas cautelares y estas no se encuentren vigentes” El día 15 de diciembre de 2020, y respecto del segundo retiro de fondos, la AFP le informa vía correo electrónico, que sus dineros fueron retenidos por deuda alimenticia. Con fecha 17 de diciembre de 2020, la AFP informa al tribunal el pago a la alimentaria decretado en causa rol Z-166-2018 del Tribunal de cumplimiento, folio 89, en dicho documento, la AFP indica: “Adicionalmente se informa que este Deudor tiene dictada otras cautelares: - Juzgado de Familia Talca, M-1348-2016.” Alega que la única medida cautelar decretada fue realizada en causa rol M-1348-2016 del Tribunal de Familia de Talca y que fue vista en causa de cumplimiento Z-166-2018 del mismo Tribunal, y una vez que el Tribunal deja sin efecto la medida cautelar de retenci
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por PABLO ALFONSO MUÑOZ CEBALLOS en contra de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRUM S.A. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° 14-2021.- Protección.-
Texto Completo (Preview)
Muñoz Ceballos, Pablo Alfonso AFP Cuprum S.A. Recurso de Protección Rol N° 14-2021.- La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: 1° Que, a folio 1 y con fecha 14 de enero de los corrientes, comparece PABLO ALFONSO MUÑOZ CEBALLOS, chileno, domiciliado en Mar Azul 1040, Los Vilos, y deduce recurso de protección en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRU
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica