BANCO DE CHILE / BOZAN ESPINOZA, JORGE ALEXIS
Rol
Fecha
16 de marzo de 2021
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
DESIERTO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, la certificación de catorce de mayo de dos mil veinte y conforme lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil y 2° transitorio de la Ley 20.886, téngase por DESIERTO el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de tres de febrero de dos mil veintiuno. Devuélvase. Rol N° 138-2021 Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, los Ministros suplentes señor Jorge Corrales Sinsay y señor Sergio Troncoso Espinoza. En La Serena, a dieciséis de marzo de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciséis de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, la certificación de catorce de mayo de dos mil veinte y conforme lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil y 2° transitorio de la Ley 20.886, téngase por DESIERTO el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de tres de febrero de dos mil ve
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