BELLA FLOR MARDONES FUENTES Y OTROS/BANCO SANTANDER - CHILE
Rol
Fecha
15 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que el abogado Marco Vergara Soto, en representación procesal de Bella Flor Mardones Fuentes, de Claudia Andrea Álvarez Mardones, de Robert Álvarez Mardones y de Patricia Eugenia Álvarez Mardones, interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra del BANCO SANTANDER CHILE, representado por Claudio Melandri Hinojosa. Refiere que a fojas 2123 número 1314 en el Registro de Propiedad de Chiguayante del año 2013, consta la inscripción especial de herencia de la sucesión intestada de Luis Humberto Álvarez Álvarez, la cual está compuesta por sus herederos Luís Robert Álvarez Mardones, Flor Marisol Álvarez Mardones, Alex Rodrigo Álvarez Mardones, Claudia Andrea Álvarez Mardones, Patricia Eugenia Álvarez Mardones Álvarez Mardones y su cónyuge Bella Flor Mardones Fuentes. Sin perjuicio de los derechos que le corresponden a título de gananciales a Bella Flor Mardones Fuentes, los herederos quedaron dueños del sitio ubicado en calle René Schneider número 136 de la Población Rene Schneider de la comuna de Chiguayante que corresponde al Lote L3 del plano de loteo archivado en con el número 2049 al final del Registro de Propiedad de Concepción del año 1990. Los deslindes especiales del inmueble son: Norte, en 10 metros con calle Rene Schneider; Sur, en 10 metros con lotes lote 20; Oriente, en 26, 50 metros con lote 8; y Poniente, en 25, 50 metros con lote 6. El rol de avalúo para efecto del pago de contribuciones de bienes raíces es el número 2511-9 de la comuna de Chiguayante. Añade que por escritura pública de compraventa de 28 de octubre de 2020, otorgada en la Notaría Pública de Concepción de Carlos Miranda Jiménez, doña Bella Flor Mardones Fuentes, actuando por sí y en representación de su hija Claudia Andrea Álvarez Mardones, Luis Robert Álvarez Mardones, Alejandro Enrique Medina Contreras quien actuó en calidad de administrador de los bienes propios de su cónyuge Patricia Eugenia Álvarez Mardones, Alex Rodrigo Álvarez
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el intentado por el abogado Marco Vergara Soto, en representación de Bella Flor Mardones Fuentes, Claudia Andrea Álvarez Mardones, Luis Robert Álvarez Mardones, y Patricia Eugenia Álvarez Mardones, en contra de BANCO SANTANDER CHILE. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Ministro señor Jordán. N°Protección-297-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción irm Concepción, quince de marzo de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que el abogado Marco Vergara Soto, en representación procesal de Bella Flor Mardones Fuentes, de Claudia Andrea Álvarez Mardones, de Robert Álvarez Mardones y de Patricia Eugenia Álvarez Mardones, interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra del BANCO SANTANDER CHILE,
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