GALLEGUILLOS/EN LO PENAL
Rol
Fecha
11 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Margarita Angulo Huerta, abogada, Defensora Penal Pública Licitada, en representación de don Alfredo Galleguillos Guerrero, acusado en causa RUC 1800576862-0, RIT TOP N° 156-2020, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, interponiendo acción de protección en contra del referido tribunal, por la acción arbitraria e ilegal consistente en disponer la realización del juicio oral seguido en contra de su representado bajo la modalidad semipresencial, lo que importaría la infracción de las garantías previstas en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Informan los Jueces del Tribunal recurrido. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en primer lugar, el recurrente transcribe la acusación presentada en contra de su representado, la que contiene hechos que fueron calificados como constitutivos de los delitos de la Ley Nº 17.798, siendo los siguientes: Tráfico ilegal de armas de fuego y/o elementos convencionales, previsto y sancionado en el artículo 10 inciso I, en relación al artículo 2 letra c); Tráfico ilegal de armas de fuego prohibidas, previsto y sancionado en el artículo 10 inciso 2°, en relación al artículo 3 inciso 1; Tenencia ilegal de municiones, previsto en el artículo 9 inciso 2°, en relación al artículo 2 letra c); Tenencia ilegal de arma de fuego convencional, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso 1°, en relación al artículo 2° letra b); Tenencia ilegal de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en artículo 13 en relación con el artículo 3 inciso 1°; Construcción y acondicionamiento de un taller destinado a la fabricación de armamento de fuego prohibido y municiones, previsto y sancionado en el artículo 10 inciso 3°, en relación al artículo 2 letra g). Todos estos delitos se le atribuirían en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. En segundo lugar, se refiere a la audiencia y resolución que motivan la interposición del presente recurso, explicando que con fecha 19 de enero de 2021 el Tribunal Oral en lo Penal fijó fecha para celebrar el juicio oral para el día 14 de junio de 2021 a las 8:30 horas, bajo la modalidad semipresencial –sólo testigos y peritos en el Tribunal-. Atendido lo resuelto, se habría solicitado audiencia a fin de debatir y solicitar que el juicio se realizara de manera presencial, citando al efecto audiencia de discusión para el 26 de enero del presente y que, pesar de los argumentos vertidos, el Tribunal resolvió en aquella audiencia mantener la fecha y la modalidad fijada, estimando que los argumentos de la defensa no eran atendibles y no justificaban un cambio en la forma y modalidad de realizar el juicio, en consideración a la incertidumbre de las condiciones sanitarias venideras que permitieran la realización de un juicio oral y presencial, agregando que no se vería perjudicada la defensa, como tampoco afectados los derechos y garantías constitucionales, en particular, el debido proceso, considerando el largo tiempo que el acusado se encuentra privado de libertad. Luego se refiere a la forma en que se produce la infracción que se reclama, describiendo las distintas actuaciones que se han realizado en la tramitación de la causa, en particular, de las distintas veces que la audiencia se ha reprogramado y del hecho de que el Tribunal Constitucional acogió un requerimiento presentado respecto del inciso 2 del artículo 9 de la Ley Nº 21.226, haciendo presente que en el juicio su parte mantendrá la petición de absolución por los delitos acusados, existiendo numerosa prueba tanto de cargo como de defensa, así como la voluntad del encausado de que la realización del juicio oral se haga de
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Margarita Angulo Huerta, Defensora Penal Pública Licitada, en representación de don Alfredo Galleguillos Guerrero, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol Nº 711-2021 (PROT).
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a once de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece Margarita Angulo Huerta, abogada, Defensora Penal Pública Licitada, en representación de don Alfredo Galleguillos Guerrero, acusado en causa RUC 1800576862-0, RIT TOP N° 156-2020, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, interponiendo acción de protección en contra del referido tribunal, por la acción
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