CESAR ANDRÉS CERDA MIRANDA/JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO
Rol
Fecha
11 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º) Que comparece la abogada de la defensoría penal pública, doña Angélica Guajardo Cocke, en representación de César Cerda Miranda, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la jueza señora María José Araya Saavedra del Juzgado de Garantía de Puente Alto por la orden de detención despachada el pasado 4 de marzo del presente año, resolución que califica de ilegal y arbitraria señalando que amenaza la libertad individual de la persona en favor de quien se recurre. Expone que el 17 de agosto de 2020 Cerda Miranda fue requerido por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar en grado de desarrollo consumado y atribuyéndosele participación en calidad de autor, programando audiencia de procedimiento simplificado para el 30 de octubre del mismo año. Añade que luego de fijarse nueva fecha en dos oportunidades atendida la incomparecencia del imputado, en la audiencia del pasado 4 de marzo, se despacha orden de detención en su contra. De tal manera y pretendiendo justificar la incomparecencia del condenado, sostiene la falta de concurrencia de los requisitos del artículo 127 del Código Procesal Penal para fundar el arbitrio intentado, añadiendo que no existe certeza sobre la opción real de los imputados a acceder a internet y por ello asistir - vía remota - a las audiencias decretadas, no resultando por ello posible concluir que la incomparecencia de su representado ha sido injustificada en los términos de la disposición previamente invocada. Asimismo, expone que de llevarse a cabo la detención ordenada no se garantiza la integridad física de su representado atendido el peligro de contagio al que se le expone por no cumplirse de forma adecuada las directrices establecidas por la autoridad sanitaria entre las que menciona el distanciamiento social, higienización de transportes y recintos de detención por lo que a su juicio no le es exigible comparecer presencialmente a la referida audiencia. Previa cita de j
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por la defensora penal pública doña Angélica Guajardo Cocke en representación de César Cerda Miranda contra la juez señora María José Araya Saavedra del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°114-2021 Amparo. Pronunciada por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los Ministros Ana Cienfuegos Barros y señora Dora Mondaca Rosales y Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante.
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegaron por el recurso el abogado señor César Contreras y contra el recurso el abogado señor Samuel Malamud. San Miguel, 11 de marzo de 2021. Nicole Kemp Gomila, Relatora. (Hora de inicio 09:39 am- Hora término 09:54). San Miguel, once de marzo dos mil veintiuno. Proveyendo escritos folios 14832 y 14835: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1º) Que comparece la abogada d
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