SINDICATO DE EMPRESA COMERCIALIZADORA S.A./COMERCIALIZADORA S.A.
Rol
Fecha
11 de marzo de 2021
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente además: Las facultades que el Código del Trabajo le otorga al juez respecto de la potestad cautelar y,
Fundamentos
considerando la especial situación de las trabajadoras sujetas a fuero maternal y el derecho a que se le paguen sus remuneraciones; se confirman las resolución de veintitrés y veintiocho de mayo de dos mil veinte, dictadas por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con declaración que las medidas decretadas se circunscriben sólo al pago de las remuneraciones de las trabajadoras con fuero maternal a contar de la fecha en que se procedió a suspender unilateralmente sus contratos de trabajo. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-1550-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veintiuno. A los folios 24, 25 y 27, a todo, téngase presente. Al folio 26, téngase presente para la vista de la causa. Al folio 28, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente además: Las facultades que el Código del Trabajo le otorga al juez respecto de la potestad cautelar y, considerando la especial situación de las trabajadoras sujetas
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