TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO

MP. C/ ADA VARINIA SOTO MENA. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LA LEY 20.253)

Rol

Fecha

11 de marzo de 2021

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, en especial la situación de salud de la imputada, esta Corte comparte lo razonado por el tribunal a quo, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de nueve de marzo del año en curso, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, que sustituyó la prisión preventiva que afectada a la imputada Ada Varinia Soto Mena por la medida de arresto domiciliario total, con declaración que se le impone además la cautelar de arraigo nacional. Acordada contra el voto de la ministra señora M. Soledad Espina Otero, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la prisión preventiva de la imputada por estimar que las alegaciones relativas a la salud de ésta no hacen variar las circunstancias que se tuvo en consideración, en su oportunidad, al disponer dicha cautelar,

Fundamentos

considerando la naturaleza y gravedad de los ilícitos por los cuales ha sido acusada y las circunstancias de su comisión, y que su situación médica puede resguardarse otorgándose las prestaciones que corresponda. El tribunal a quo deberá dictar las resoluciones que correspondan a fin de dar cumplimiento a lo ordenado. Devuélvase vía interconexión. N° 682-2021-Penal.

Texto Completo (Preview)

Fecha: once de marzo de dos mil veintiuno. Tercera Sala Zoom. Rol Corte: 682-2021 Penal. RUC: 1700317965-6. RIT: 244-2019. TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE PUENTE ALTO. Ministro de fe: Constanza Cociña Cholaky. Ministerio Público: Pablo Fritz Hoces. Defensor: Carlos Fierro Hinojosa. Imputada: ADA VARINIA SOTO MENA. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Delito: Tráfico ilícito de

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