RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO EN FAVOR DE CRISTIAN ROJAS MORA C/PEDRO SANHUEZA CORTÉS(GENDARMERIA DE CHILE)
Rol
Fecha
10 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) Que con fecha 29 de diciembre de 2020 comparece el abogado Álvaro Enrique Ramírez Barros, quien interpone recurso de protección en favor de Cristian Marcelo Rojas Mora, interno en el módulo 53 del Complejo Penitenciario de Huachalalume, La Serena, y en contra del Alcaide del C.P. de Huachalalume, Pedro Sanhueza Cortes, con domicilio en la referida unidad penal, por vulnerar sus derechos fundamentales del artículo 19 de la Constitución, numerales 1° inciso 4°, 2° inciso 2°, 3° inciso 1°, relacionada con el derecho a contar con defensa jurídica, y las de los numerales 4°, 14°, y 24° final del inciso 2° e inciso 4°. Expone, que el 28 de diciembre de 2020, a las 15:30 horas, el teniente Rubilar le impidió el acceso al abogado Alex Antonio González Muñoz, quien concurría para que pudiese firmar un escrito de patrocinio y poder. Agrega que ha sido trasladado desde el módulo 53 al módulo 41, lo que aparentemente se justificaría en infracciones ajenas a su persona, esto es, haberse encontrado 10 o 12 celulares en el todo el módulo que comparte con otros 120 internos. Sostiene que este último hecho es grave, ya que mantiene rencillas con otros cohabitantes, las que por lo general terminan en riñas, en donde hasta se puede perder la vida. Y, además, afecta el derecho a poder solicitar la salida condicional. Pide que se concreten medidas disciplinarias ejemplarizadoras, que impidan la repetición de los atropellos señalados, y la improcedencia de los reprochables y arbitrarios actos, contrarios a derecho, de modo que se imponga el imperio del derecho debido y recurrido en la instancia respectiva. 2°) Informó Jessica Verónica Vargas Gallardo, abogada, en representación de Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Coquimbo, y del Complejo Penitenciario de La Serena solicitando el rechazo del recurso, y que se disponga su archivo. Indica que, solicitados los antecedentes a la Jefatura del C.P. de La Serena, informa en primer lugar lo referente a la sanción administrativa que se ha impuesto al interno protegido. Con fecha 23 de diciembre de 2020, a raíz de un registro y allanamiento que se realizó en el módulo Nº 53, se encontraron 10 celulares de distintas marcas, los que fueron hallados al interior de su celda, la que antes de hacer ingreso se encontraba con su puerta obstaculizada, para de esa forma entorpecer el procedimiento que en esos momentos estaba siendo adoptado por Gendarmería de Chile. El oficial que realizó el hallazgo de los teléfonos celulares, indica que el interno en todo momento manifestó una actitud desafiante, resistiéndose activamente al procedimiento, negándose a prestar declaración, y obstaculizando la hora del desencierro de su celda. Todos los antecedentes de su falta fueron remitidos al Juzgado de Garantía de La Serena, el que con fecha 29 de diciembre 2020 aprobó la sexta sanción administrativa del interno Rojas Mora, en la causa Rit 11216-2020. En relación a la vulneración de su derecho a recibir defensa jurídica,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto Álvaro Enrique Ramírez Barros en favor de Cristian Marcelo Rojas Mora, y en contra de Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Coquimbo. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° 1951-2020.-
Texto Completo (Preview)
Rojas Mora, Cristian Gendarmería de Chile Recurso de Protección Rol N° 1951-2020.- La Serena, diez de marzo de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: 1°) Que con fecha 29 de diciembre de 2020 comparece el abogado Álvaro Enrique Ramírez Barros, quien interpone recurso de protección en favor de Cristian Marcelo Rojas Mora, interno en el módulo 53 del Complejo Penitenciario de Huachalalume, La Ser
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