1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

MUÑOZ/RADIO TAXIS VIP LTDA

Rol

Fecha

9 de marzo de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Se substanció la causa RIT O-1361-2019, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, caratulada “Muñoz con Radio Taxis Vip Limitada”. Por sentencia de cinco de marzo de dos mil veinte, se rechazó la demanda en todas sus partes, con costas, regulándose las personales de la instancia en la suma equivalente a Un Ingreso Mínimo Mensual Contra este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundada en la causal del artículo 477, por infracción de garantías fundamentales; en la del 478 letra e, por adolecer de ultrapetita y en la del 478 letra e) en relación al 459 número 4, todas normas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en la que se escucharon alegatos.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, la demandada alega vulneración a la garantía fundamental del debido proceso, contemplada en el artículo 19 número 3 de la Constitución Política de la República, porque en su concepto se habría negado la posibilidad de defenderse y presentar pruebas respecto de determinados hechos por los cuales posteriormente se rechazó la demanda. Señala que la sentencia en el considerando décimo aludió a una “litis consorcio pasiva necesaria impropia”, lo que fue ajeno a los hechos substanciales y controvertidos fijados en la audiencia preparatoria, y tampoco se identificó a la tercera persona que según el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundada en la causal del artículo 477, por infracción de garantías fundamentales; en la del 478 letra e, por adolecer de ultrapetita y en la del 478 letra e) en relación al 459 número 4, todas normas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en la que se escucharon alegatos. Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, la demandada alega vulneración a la garantía fundamental del debido proceso, contemplada en el artículo 19 número 3 de la Constitución Política de la República, porque en su concepto se habría negado la posibilidad de defenderse y presentar pruebas respecto de determinados hechos por los cuales posteriormente se rechazó la demanda. Señala que la sentencia en el considerando décimo aludió a una “litis consorcio pasiva necesaria impropia”, lo que fue ajeno a los hechos substanciales y controvertidos fijados en la audiencia preparatoria, y tampoco se identificó a la tercera persona que según el fallo no fue emplazada. Pide la nulidad de la sentencia, de la audiencia preparatoria y del juicio, y que se retrotraiga la causa al estado de celebrarse una nueva audiencia preparatoria por el juez no inhabilitado que corresponda Segundo: Que, la supuesta vulneración a la garantía del debido proceso no concurre, porque el supuesto hecho que debió probarse según el recurrente no es tal, sino que es un mero argumento, entre otros que

Texto Completo (Preview)

PAGE Santiago, nueve de marzo de dos mil veintiuno. Visto: Se substanció la causa RIT O-1361-2019, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, caratulada “Muñoz con Radio Taxis Vip Limitada”. Por sentencia de cinco de marzo de dos mil veinte, se rechazó la demanda en todas sus partes, con costas, regulándose las personales

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