2º JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MUÑOZ

Rol

Fecha

9 de marzo de 2021

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Advirtiendo que la resolución impugnada que se pronuncia rechazando una medida precautoria, tiene la naturaleza jurídica de un auto, en la medida que resuelve un incidente, pero sin establecer derechos permanentes en favor de las partes, ni recaer sobre algún trámite que deba servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria posterior; teniendo además en consideración que dicha resolución no altera la substanciación regular del juicio ni recae sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley; y con lo dispuesto en los artículos 158, 188, 189, 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en forma subsidiario, por el abogado don Francisco Donoso Carrasco, en contra de la resolución de uno de febrero del año en curso, dictada por la Jueza (S) del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, doña Alejandra Orellana Negrez.. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-37-2021. En Copiapó, nueve de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en forma subsidiario, por el abogado don Francisco Donoso Carrasco, en contra de la resolución de uno de febrero del año en curso, dictada por la Jueza (S) del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, doña Alejandra Orellana Negrez.. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-37-2021. En Copiapó, nueve de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, nueve de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Advirtiendo que la resolución impugnada que se pronuncia rechazando una medida precautoria, tiene la naturaleza jurídica de un auto, en la medida que resuelve un incidente, pero sin establecer derechos permanentes en favor de las partes, ni recaer sobre algún trámite que deba servir de base en el pronunciamiento de una sentenci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica