AG TAXIS COLECTIVOS HERRADURA SINDEMPART LINEA Nº 6/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
8 de marzo de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que la parte demandada recurrió en contra de la resolución de fecha siete de octubre de dos mil veinte, que citó a las partes a audiencia de conciliación a realizar mediante modalidad de videoconferencia, y que fuera notificada a sus abogados mediante correo electrónico, sosteniendo que dicha resolución debía ser notificada personalmente o por cédula de conformidad a lo dispuesto en el artículo 262 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. 2° Que advirtiéndose de la revisión de los antecedentes, que la audiencia de conciliación, fue realizada en la modalidad antes dicha, con fecha diecinueve de Octubre de dos mil veinte, a la que compareció, además, la parte recurrente, no cabe sino concluir que el pronunciamiento solicitado a esta Corte por la vía del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de resolución de fecha siete de octubre de dos mil veinte, transcrita íntegramente en la carpeta digital, ha perdido oportunidad, por lo que se omitirá todo pronunciamiento respecto del señalado recurso. Devuélvase. Rol N° 1293-2020 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, ocho de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que la parte demandada recurrió en contra de la resolución de fecha siete de octubre de dos mil veinte, que citó a las partes a audiencia de conciliación a realizar mediante modalidad de videoconferencia, y que fuera notificada a sus abogados mediante correo electrónico, sosteniendo que dicha resolución debía ser notificada
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