CLAUDIA ANDREA VEGA AILIO C/ JUAN CARLOS OVALLE LLANQUIMAN
Rol
Fecha
8 de marzo de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y compartiendo esta Corte los
Fundamentos
fundamentos del tribunal a quo, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, que desestimó la solicitud de sobreseimiento definitivo, efectuada por la defensa, fundada en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, respecto de los imputados Juan Carlos Ovalle Llanquimán y Gastón Alejandro Aros Contreras. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante sr. Alexis Gómez Valdivia, quien estuvo por revocar la resolución apelada por estimar que los hechos del requerimiento no se subsumen en el tipo penal previsto en el artículo 318 del Código Penal, considerando que la conducta atribuida al requerido a los más podría constituir una infracción a una regla sanitaria controlada a través del Código Sanitario por la Autoridad Administrativa correspondiente. Regístrese y devuélvase por interconexión. N°Penal-200-2021. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, ocho de marzo de dos mil veintiuno. A la presentación del abogado Juan Gallardo Araya, folio 4: A lo principal y otrosí: Téngase presente. A la presentación de la abogada Rocío Vasquez Fierro, folio 5: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente la delegación de poder. VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y compartiendo esta Corte los fundamentos d
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