2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

PPI CHILE SEGURIDAD SPA./INSPECCION DEL TRABAJO

Rol

Fecha

8 de marzo de 2021

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de veintisiete de febrero de dos mil veinte, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT I-26-2020, sobre reclamo en virtud del artículo 512 del Código del Trabajo, rechazó en todas sus partes la reclamación deducida por don Octavio Castro Soto, en representación de PPI CHILE SEGURIDAD LTDA., en contra de la Resolución N° 600 de 2019 dictada por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO PROVIDENCIA, representada por don Juan Pablo Alveal Arriagada, con costas, las que regula en la suma de $400.000.- En su contra la parte reclamante deduce recurso de nulidad por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el artículo 42 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso se procede a su vista por video conferencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Señala el recurrente que el sentenciador determina en su análisis, a su juicio, con infracción de ley, que el “Bono Instalación” no formaría parte del concepto sueldo base por carecer del carácter de fijo lo que no es efectivo. Si bien es cierto, el bono de instalación podría llegar a variar por cambio de instalación, no es menos cierto que el bono de instalación es siempre fijo y su variación sería superior en todo momento al concepto Sueldo Base. Agrega que el considerando sexto del

Fallo

fallo considera la inexistencia de error de hecho en la interpretación del sueldo base, a su juicio, con falta de observancia jurídica, que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pero adicionalmente el sentenciador recurrido no refiere respecto a la calificación sueldo base y sueldo variable, que realiza el Inspector del Trabajo, que a su juicio escapa de sus competencias legales. Añade que el sentenciador determinó que la Inspección del Trabajo puede calificar situaciones, jurídicas como lo es que un bono sea fijo o variable; se contradice con la propia resolución N° 600 objeto del reclamo judicial, que esgrime como fundamento de la misma la circunstancia de estar imposibilitada de argumentar jurídicamente tal determinación. Indica que los preceptos vulnerados son prácticamente todos los relacionados con la protección y pago de remuneraciones, toda vez que el sentenciador determinó, a su juicio con error jurídico que influye en lo dispositivo del fallo, la existencia de remuneraciones impagas del trabajador por existir una diferencia en el sueldo base, por cuando el sueldo denominado Bono Instalación tendría el carácter de variable y no fijo. Agrega que el sentenciador determinó que el sueldo o sueldo base de los trabajadores consignados en la multa no había sido enterado completamente, puesto que estaría compuesto solamente del haber nominal de sueldo base, sin contar con el bono de instalación, lo que no es jurídicamente correcto, ya que la sumatoria de lo

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Santiago, ocho de marzo de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de veintisiete de febrero de dos mil veinte, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT I-26-2020, sobre reclamo en virtud del artículo 512 del Código del Trabajo, rechazó en todas sus partes la reclamación deducida por don Octavio Castro Soto, en representación de PPI CHILE SEGURIDAD LTDA., en contra de l

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