JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CABRERO

M.P. C/ FRANCISCO JAVIER IGNACIO VALENZUELA NUNEZ

Rol

Fecha

6 de marzo de 2021

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que el Fiscal del Ministerio Público deduce apelación verbal en contra de la resolución de cuatro de marzo en curso, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva, por la contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es la de privación de libertad total en su casa. El fundamento de la apelación radica, fundamentalmente, en los mismos argumentos expuestos al oponerse a la modificación de la medida cautelar personal; 2°) Que de los antecedentes que se han dado a conocer en esta audiencia por los intervinientes, existen una serie de hechos donde no hay claridad de los mismos que permitan mantener la prisión preventiva, y mientras se completa la investigación, la medida cautelar se satisface en estas circunstancias, y por ahora, con la privación de libertad total en su casa. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que modificó medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de imputado Francisco Javier Ignacio Valenzuela Núñez, por la medida cautelar de arresto domiciliario total del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Comuníquese lo resuelto, por la vía más expedita al referido tribunal. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia en que se ha dictado, a través de videoconferencia. Rol N° 215-2021. Penal.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que modificó medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de imputado Francisco Javier Ignacio Valenzuela Núñez, por la medida cautelar de arresto domiciliario total del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Comuníquese lo resuelto, por la vía más expedita al referido tribunal. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia en que se ha dictado, a través de videoconferencia. Rol N° 215-2021. Penal.-

Texto Completo (Preview)

Concepción, seis de marzo de dos mil veintiuno. Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que el Fiscal del Ministerio Público deduce apelación verbal en contra de la resolución de cuatro de marzo en curso, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva, por la contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es la de privación de libertad total en su casa. El

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