DEMANDANTE: ALFOMBRAS SAHARA LTDA. Y OTRO
Rol
Fecha
6 de marzo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZA CASACIÓN, ACOGE APELAC
Hechos
Vistos: Que, este proceso Rol V-24-2019 del Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara, correspondiente al Rol N° 129-2020 del ingreso civil de esta Corte de Apelaciones, se elevó para conocer los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por el abogado Patricio Alejandro Elías Sarquis, en representación de Alfredo Hasbún Hirmas y de Alfombras Sahara Limitada, contra la sentencia definitiva dictada el 17 de diciembre de 2019, por Miguel Ángel Miranda Ferrada, juez suplente de dicho juzgado, que rechazó la solicitud de gestión no contenciosa de ordenar judicialmente al Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara, la inscripción de los derechos de aprovechamiento de aguas adjudicados en nuda propiedad a Alfredo Hasbún Hirmas y en usufructo por 12 años a Alfombras Sahara Limitada, por haber negado el citado Conservador la práctica de tales inscripciones, al estimar que el título presentado, consistente en la copia autorizada de la escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2017, en la Notaría Pública de Los Ángeles de María Antonieta Carrillo Flores, repertorio Nº 4780- 2017, era insuficiente para ello. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: 1°) Que este arbitrio procesal tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 768 Nº 5, en relación con el artículo 170 Nº 4 y Nº 6, ambos del Código de Procedimiento Civil, ya que en la sentencia definitiva se omitieron consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a dicho fallo y, porque esa resolución no contiene la decisión del asunto controvertido, al no haberse resuelto en forma íntegra todas las peticiones contenidas en el petitorio del reclamo; 2º) Que, en relación con la infracción a lo dispuesto en el artículo 170 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, señala el recurrente que la presente causa versa sobre el rechazo del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara, a practicar las inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas, adjudicados en nuda pro
Fundamentos
considerandos de la sentencia recurrida, ya que se omitieron antecedentes relevantes y fundamentales para la acertada resolución del caso. En efecto, luego de transcribir el inciso final del considerando décimo del
Fallo
fallo y, porque esa resolución no contiene la decisión del asunto controvertido, al no haberse resuelto en forma íntegra todas las peticiones contenidas en el petitorio del reclamo; 2º) Que, en relación con la infracción a lo dispuesto en el artículo 170 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, señala el recurrente que la presente causa versa sobre el rechazo del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara, a practicar las inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas, adjudicados en nuda propiedad a don Alfredo Hasbún Hirmas y en usufructo por 12 años a Alfombras Sahara Limitada, actualmente inscritos a nombre de la Sucesión de don Héctor Absalón Pezoa Riffo y la sociedad “Forestal e Inversiones El Águila Limitada”, conforme a lo estipulado, principalmente, en la cláusula octava de la citada escritura pública de 27 de diciembre de 2017, Repertorio Nº 4780- 2017, sobre de cesión del saldo de derechos hereditarios, liquidación parcial de sociedad disuelta y partición de bienes de don Ulises Gastón Pezoa Robles y Otros a don Alfredo Hasbún Hirmas y Otra. Dichas inscripciones fueron solicitadas mediante minutas de 31 de enero y 20 de abril de 2018, las que, al ser rechazadas, motivó el inicio de la gestión no contenciosa ante el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara, para que dicha sede ordenara al Conservador reclamado practicar las actuaciones pendientes, sin embargo, por sentencia definitiva de 17 de diciembre de 2019, esa instancia rechazó la solicitud, nega
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C.A de Concepción. Concepción, seis de marzo de dos mil veintiuno. Vistos: Que, este proceso Rol V-24-2019 del Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara, correspondiente al Rol N° 129-2020 del ingreso civil de esta Corte de Apelaciones, se elevó para conocer los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por el abogado Patricio Alejandro Elías Sarquis, en representación de
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