SCOTIABANK-CHILE / ARRIAGADA
Rol
Fecha
5 de marzo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes, consta que la parte ejecutante efectivamente realizó gestiones útiles en el cuaderno de apremio, siendo la última resolución recaída en gestión útil la de catorce de enero de dos mil veinte, y atendido la fecha de interposición del incidente de abandono de procedimiento, esto es, el cuatro de junio del mismo año, lo cierto es que no se cumple con el plazo de seis meses requerido por el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para decretar el abandono del procedimiento, por lo cual, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de cuatro de agosto de dos mil veinte dictada en el cuaderno principal por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso y en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento solicitado por la parte ejecutada. Comuníquese, notifíquese y devuélvase. N°Civil-2034-2020.
Fallo
se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento solicitado por la parte ejecutada. Comuníquese, notifíquese y devuélvase. N°Civil-2034-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, cinco de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes, consta que la parte ejecutante efectivamente realizó gestiones útiles en el cuaderno de apremio, siendo la última resolución recaída en gestión útil la de catorce de enero de dos mil veinte, y atendido la fecha de interposición del incidente de abandono de proced
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica