LUIS OCTAVIO SANHUEZA RUIZ C/ MANUEL DE JESUS MENA ARAUJO
Rol
Fecha
3 de marzo de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, teniendo en consideración la diferencia que existe entre la naturaleza de la pena y el procedimiento aplicable, el cual en el presente caso es de carácter monitorio, en atención a la celeridad que se requiere dado el contexto de emergencia sanitaria que se vive actualmente en nuestro país, buscando dar mayor agilidad a la tramitación de las causas conocidas por los Tribunales de Garantía, y lo dispuesto en el artículo 94 en relación al artículo 318, ambos del Código Penal, se revoca, la resolución en alzada de dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó el sobreseimiento definitivo de la causa seguida respecto del imputado Manuel Jesús Mena Araujo, debiendo seguir adelante su tramitación con juez no inhabilitado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. RIT: I-4177-2020. N°Penal-348-2021. En Valparaíso, tres de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jevp. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a tres de marzo de dos mil veintiuno, a las 10:19 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por la Ministra Sra. Inés María Letelier Ferrada, quien preside, e integrada por la Ministra Suplente Sra. Ingrid Alvial Figueroa y el Abogado Integrante Sr. José Luis Alliende Leiva, actua
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