SIN INFORMACION

CASTRO/ASOCIACION CANAL DEL MELADO

Rol

Fecha

1 de marzo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que don Omar Andrés Beltrán Valle, abogado, en representación convencional de doña Alicia Castro Sánchez, cirujano dentista, cédula ambos domiciliados para estos efectos en Ahumada 312 oficina 809, comuna de Santiago, interpuso el presente recurso de protección, que es del tenor siguiente: “Que dentro del término establecido en el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de justicia, sobre tramitación y

Fallo

fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, y en uso de las facultades concedidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, vengo en deducir el Presente Recurso de Protección en contra de ASOCIACION CANAL DEL MELADO, Rol único Tributario N°70.268.200-2, representada legalmente por don CARLOS FERNANDO DIEZ JUGOVIC, ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad número 9.888.732-6, ambos domiciliados en calle O'Higgins N° 875 de la comuna de Linares, por el acto ilegal y arbitrario de no emItir y otorgar certificado de los derechos del regador que corresponden a doña Alicia Castro Sánchez, Cédula de Identidad 2.768.670-2, inscritos bajo el ROL Nº58 en la Asociación Canal Melado. En virtud de lo anterior, se interpone recurso de protección para que S.S. Iltma. adopte las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y cautelar el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales consagrados en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, de los cuales ha sido privada a consecuencia del acto Arbitrario e Ilegal de la recurrida por las consideración de hecho y derecho que a continuación paso a exponer: LOS HECHOS: Mi representada es dueña del Regador Rol Nº 58 del Canal Melado, derechos inscritos a fojas 47 vuelta, número 38, del Registro de Aguas del año 1965 del Conservador de Bienes Raíces de Linares, según da cuenta copia de inscripción que acompaño en un otrosí del presente recurso. Que

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Talca, uno de marzo de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que don Omar Andrés Beltrán Valle, abogado, en representación convencional de doña Alicia Castro Sánchez, cirujano dentista, cédula ambos domiciliados para estos efectos en Ahumada 312 oficina 809, comuna de Santiago, interpuso el presente recurso de protección, que es del tenor siguiente: “Que dentro del término establecido en e

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