1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

INMOBILIARIA E INVERSIONES DRESDEN LIMITADA CON CONSTRUCTORA BIO BIO LIMITADA

Rol

Fecha

25 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

VISTO: Se ha dictado sentencia definitiva, el treinta de abril de dos mil diecinueve, en el Rol C-7858-2016, del Primer Juzgado Civil de Concepción, que, en sus aspectos centrales, dispuso que se desestiman, en todas sus partes, la demanda de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, formulada por vía principal, y la de resolución de contrato con indemnización de perjuicios, impetrada en subsidio, y que fueran interpuestas por la demandante principal, Inmobiliaria e Inversiones Dresden Limitada, con fecha 14 de diciembre de 2016 (folio 1); y que, además, declaró que se deniega el incidente de cosa juzgada deducido por la parte demandada principal y demandante reconvencional, Sociedad Constructora Bío Bío Limitada, de 23 de octubre de 2018 (folio 1) del cuaderno incidental; rechazando también, en todas sus partes, la demanda reconvencional deducida por la demandada principal, en el primer otrosí de su presentación de 21 de marzo de 2017 (folio 16). En contra del referido fallo, la parte demandante principal y demandada reconvencional, Inmobiliaria e Inversiones Dresden Limitada, recurrió de casación en la forma y apelación; en tanto que la demandada principal y demandante reconvencional, Sociedad Constructora Bío Bío Limitada, interpuso, a su vez, también el correspondiente recurso de apelación; en ambos casos, respecto de las decisiones del fallo en alzada que se indicarán. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma, interpuesto por Inmobiliaria e Inversiones Dresden Limitada. 1°) Que, como ya se anticipó, la parte demandante principal y demandada reconvencional, dedujo recurso de casación en la forma, en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos, fundado en la causal establecida en el artículo 768 N° 5, en relación con el artículo 170 N° 4, ambos del Código de Procedimiento Civil. Explica al efecto, los antecedentes fundamentales del juicio, referido al contrato de compraventa pactado entre las partes, y debido al cual se ha p

Fundamentos

considerandos trigésimo y siguientes, en especial en el considerando trigésimo cuarto, se determinó que la escritura pública de compraventa e instrumento privado suscrito con anterioridad -acuerdo marco- constituirían un solo todo, una sola convención, que se califica de condicional, sujeta a la ocurrencia de ciertos eventos, que al no haberse verificado, según la sentencia, impiden dar por establecido los incumplimientos recíprocos referidos por las partes en sus respectivas demandas, razón por la cual, desestimó la sentencia todas las peticiones formuladas por éstas. Señala que la primera forma en que se manifiesta el vicio denunciado, es que la sentencia omite las consideraciones de hecho que han de servir de base del

Fallo

fallo en alzada que se indicarán. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma, interpuesto por Inmobiliaria e Inversiones Dresden Limitada. 1°) Que, como ya se anticipó, la parte demandante principal y demandada reconvencional, dedujo recurso de casación en la forma, en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos, fundado en la causal establecida en el artículo 768 N° 5, en relación con el artículo 170 N° 4, ambos del Código de Procedimiento Civil. Explica al efecto, los antecedentes fundamentales del juicio, referido al contrato de compraventa pactado entre las partes, y debido al cual se ha pedido su cumplimiento y, en subsidio, su resolución, atribuyéndose ambas partes incumplimientos recíprocos en relación con el mismo contrato y, en su mérito se solicitó se declare su resolución. Afirma que en la sentencia se transcriben, parcialmente, ciertos pasajes de la escritura pública de compraventa de 30 de diciembre de 2015, y de un instrumento privado suscrito entre las mismas partes, con anterioridad a la celebración de la compraventa, que se denominó “acuerdo marco”. Sin embargo, en la sentencia ni siquiera enumera, menos transcribe y jamás analiza el resto de la prueba rendida en la causa. Manifiesta así, que sin existir análisis alguno de los medios probatorios, y simplemente transcribiendo partes aisladas de dos documentos de naturaleza jurídica diversa, en los considerandos trigésimo y siguientes, en especial en el considerando trigésimo cuarto, se d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a veinticinco de febrero de dos mil veintiuno. VISTO: Se ha dictado sentencia definitiva, el treinta de abril de dos mil diecinueve, en el Rol C-7858-2016, del Primer Juzgado Civil de Concepción, que, en sus aspectos centrales, dispuso que se desestiman, en todas sus partes, la demanda de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, formulada por ví

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