MP C/DANNY STEBAN GONZALEZ MENDOZA
Rol
Fecha
25 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, en esta etapa procesal, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando especialmente la naturaleza del ilícito y su pena probable, por lo que se tornan insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de veintitrés de febrero del año dos mil veintiuno, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto y
Fallo
se declara el abandono de la defensa sólo respecto de esta audiencia y se designa de oficio por esta Corte a la Defensora Penal Pública doña Karen Cerón, quien en la audiencia aceptó la designación. Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, en esta etapa procesal, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, considerando especialmente la naturaleza del ilícito y su pena probable, por lo que se tornan insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de veintitrés de febrero del año dos mil veintiuno, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto y se declara que se decreta respecto del imputado Danny Steban González Mendoza la medida cautelar de prisión preventiva, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol Nº 545-2021 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, a veinticinco de febrero de dos mil veintiuno. Sala: Cuarta Sala ROL: 545-2021 RUC: 2100174701-8 RIT: 2195-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Integrantes: Los Ministros señor Diego Simpértigue Limare, señora María Soledad Espina y señor Luis Sepúlveda Coronado. Relatora: Constanza Rendich Salaverry Digitadora: Constanza Cofré Berger Ministerio Público: Karen Acevedo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica