2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

/ARRUÉ

Rol

Fecha

1 de marzo de 2021

Materia

LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA PERSONA NATURAL

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia Concursal, procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley 20.720 señale de forma expresa, no encontrándose la resolución apelada en ninguna de estas situaciones, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticuatro de noviembre de dos mil veinte –folio 36–, en contra de la resolución de veinte del mismo mes y año –folio 35–. Devuélvase. N°Civil-931-2021.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticuatro de noviembre de dos mil veinte –folio 36–, en contra de la resolución de veinte del mismo mes y año –folio 35–. Devuélvase. N°Civil-931-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (cvb) Santiago, uno de marzo de dos mil veintiuno. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en al artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Rija la minuta remisora de uno de febrero de dos mil veintiuno –folio 60–. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia Concursal, procede únicamente en contra

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