JUZGADO DE GARANTIA DE CAUQUENES

MP C/ DIEGO CAMILO NICOLAS GARRIDO FUENTES

Rol

Fecha

24 de febrero de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos los intervinientes. Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de dieciséis de febrero del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado DIEGO CAMILO NICOLAS GARRIDO FUENTES, inserta en la carpeta virtual Rit O-262-2021 del Juzgado de Garantía de Cauquenes. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Leonardo Mazzei Parodi, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y, en consecuencia, sustituir la prisión preventiva por la medida cautelar de arresto domiciliario total, por estimar que ésta es suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-166-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. Visto y oídos los intervinientes. Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de dieciséis de febrero del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva resp

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