2º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

NUEVO CAPITAL S.A. CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GRANEROS

Rol

Fecha

19 de febrero de 2021

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve lo siguiente: I.- Que, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha 20 de octubre de 2020, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, en sus autos Rol N° C-29008-2017. II.- Que, en cuanto a la apelación interpuesta en contra de la resolución de fecha 9 de noviembre de 2020, consta de la revisión de los antecedentes que el ejecutado, con fecha 15 de enero de 2021, consignó en primera instancia el total de lo adeudado, por lo que habiéndose solventado la deuda este recurso ha perdido oportunidad y, en consecuencia, se confirma la resolución apelada de fecha 9 de noviembre de 2020 dictada ante los antecedentes ya individualizados. Comuníquese. Rol I. Corte N° 1254-2020- Civil-. (Acumulada Rol N° 1276-2020 y Rol N°1332 -2020).

Fallo

se resuelve lo siguiente: I.- Que, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha 20 de octubre de 2020, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, en sus autos Rol N° C-29008-2017. II.- Que, en cuanto a la apelación interpuesta en contra de la resolución de fecha 9 de noviembre de 2020, consta de la revisión de los antecedentes que el ejecutado, con fecha 15 de enero de 2021, consignó en primera instancia el total de lo adeudado, por lo que habiéndose solventado la deuda este recurso ha perdido oportunidad y, en consecuencia, se confirma la resolución apelada de fecha 9 de noviembre de 2020 dictada ante los antecedentes ya individualizados. Comuníquese. Rol I. Corte N° 1254-2020- Civil-. (Acumulada Rol N° 1276-2020 y Rol N°1332 -2020).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve lo siguiente: I.- Que, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha 20 de octubre de 2020, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, en sus autos Rol N° C-29008-2017. II.-

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