/ INTENDENCIA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
19 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Que, a folio uno, comparece el abogado Julio Escobar Cisternas, deduciendo recurso de amparo en favor de Darline Placide, pasaporte N° MG5252202, en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso, por el acto ilegal consistente en la dictación de la resolución exenta N° 8.257 de fecha 5 de diciembre de 2019, que decreta la expulsión de la amparada del territorio nacional. Expone que con fecha 1 de octubre de 2019, ingresó al país por paso no habilitado, motivada por la búsqueda de un mejor bienestar y reunificación familiar, ya que su pareja ya se encontraba en el territorio nacional. Luego, de este ingreso, se autodenunció ante la Policía de Investigaciones. Agrega que, posteriormente, la recurrida interpone requerimiento ante la Fiscalía de Viña del Mar, desistiéndose el día 3 de diciembre de 2019. También indica que el 26 de octubre de 2020 nació su hijo en el país, y que su cónyuge cuenta con una visa temporaria y contrato de trabajo desde el 21 de febrero hasta el 30 de agosto del 2021. En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de derecho, alega que la expulsión resulta ilegal por carecer de la correcta fundamentación, ya que de acuerdo al artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094, señala que solo una vez cumplida la pena se podrá decretar la expulsión del extranjero que realiza ingreso clandestino, siendo dicho cumplimiento un requisito para proceder a la expulsión. Además que la comisión del delito debe ser investigado por un juez del fondo en materia penal, luego de la tramitación de un debido proceso, el cual en la especie no se vislumbra, por lo que se encuentra amparada por el derecho de presunción de inocencia. Y también, sostiene que no tuvo el derecho a ser oída y a presentar pruebas en sede administrativa, antes que se decretara la expulsión referida. Solicita se acoja la presente acción, declarando que la expulsión materializada a través de la resolución N° 8257, de 05 de Diciembre de 2019, es ilegal, disponiendo dejar sin efecto dicho acto administrativo. Que, a folio cuatro, informa Policía de Investigaciones, señala que la amparada ingreso al territorio nacional de forma clandestina, constituyendo la infracción del artículo N° 69, del Decreto Ley N° 1.094, de Extranjería, motivo por el cual fue denunciada a la Intendencia Regional de Valparaíso, por parte del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de San Antonio y fue sometida al control de firma en sus dependencias. Posteriormente, con fecha 5 de diciembre de 2019, mediante resolución exenta N° 8.257, dicha Intendencia, decreto la medida de expulsión de la amparada del territorio nacional, que fue notificada el día 26 de diciembre de 2019. Que, a folio siete, evacua informe la Intendencia Regional de Valparaíso, solicitando el rechazo del recurso de amparo. Señala que la amparada fue expulsada del territorio nacional mediante resolución exenta N° 8.257 de fecha 5 de diciembre de 2019, por ingresar clandestinamente al país. Agrega que en causa Rol 184-2020 de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, se rechazó un recurso de amparo en favor de la extranjera, encontrándose vigente la medida de expulsión. Explica que dicha resolución fue adoptada por la autoridad competente, dentro del marco de las potestades que le reconoce la ley vigente y conforme a lo dispuesto en los artículos N° 2, 15 N° 7 y 69 de la Ley de Extranjería y, artículos N° 6, 7, 146 y 158 del Reglamento de Extranjería. Que, a folio nueve, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que la amparada busca a través de su recurso que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 8257 de 05 de Diciembre de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Valparaíso, que decretó su expulsión del territorio nacional, por haber ingresado clandestinamente al mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 del Decreto Ley N ° 1.094 de 1975, 146 y 158 del Reglamento de Extranjería, contenido en el Decreto 597 de 1984, argumentado que la expulsión fue decretada en un caso no establecido por la
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de doña Darline Placide en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 8.257, de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, que decretó la expulsión de la amparada del territorio nacional y se deja sin efecto la medida cautelar de firma a que se encuentra sujeta la misma. Comuníquese por la vía más expedita, regístrese y archívese. N°Amparo-165-2021. En Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. VISTO: Que, a folio uno, comparece el abogado Julio Escobar Cisternas, deduciendo recurso de amparo en favor de Darline Placide, pasaporte N° MG5252202, en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso, por el acto ilegal consistente en la dictación de la resolución exenta N° 8.257 de fecha 5 de diciembre de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica