SIN INFORMACION

ZIPPEL/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

19 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos: Primero: Que atendido lo prevenido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. Segundo: Que atento a lo anterior, al mérito del recurso de protección cuya admisibilidad se analiza, se advierte que el acto arbitrario e ilegalidades en que se sustenta el recurso de protección, dice relación con hechos acaecidos en la ciudad de San Fernando de lo que se desprende que el acto impugnado se ha cometido en un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y Garantías Constitucionales, se declara incompetente esta Corte de Apelaciones de Antofagasta, para el conocimiento del recurso intentado en autos. Remítase los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Iquique, por corresponderle su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese. Rol 364-2021 (PROTECCIÓN)

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. Segundo: Que atento a lo anterior, al mérito del recurso de protección cuya admisibilidad se analiza, se advierte que el acto arbitrario e ilegalidades en que se sustenta el recurso de protección, dice relación con hechos acaecidos en la ciudad de San Fernando de lo que se desprende que el acto impugnado se ha cometido en un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y Garantías Constitucionales, se declara incompetente esta Corte de Apelaciones de Antofagasta, para el conocimiento del recurso intentado en autos. Remítase los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Iquique, por corresponderle su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese. Rol 364-2021 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

ncc//Antofagasta, a diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. A todo: Estese a lo que se resolverá. Vistos: Primero: Que atendido lo prevenido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o inc

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