TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VIÑA DEL MAR

MARCO ANTONIO ALARCÓN CÁCERES C/ RONALD RICARDO RODRÍGUEZ CABRERA

Rol

Fecha

18 de febrero de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol I.C. N° Reforma Procesal Penal 71-2021, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte, pronunciada en los autos RIT O-370-2019 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que absuelve al acusado Ronald Ricardo Rodríguez Cabrera, de la acusación que lo sindicaba como autor del delito de Robo en lugar destinado a la habitación, de especies de propiedad de Marco Antonio Alarcón Cáceres, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, que se decía cometido en el sector de la Población Pompeya Sur, Quilpué, el 04 de noviembre del 2018, por no haberse acreditado su participación. El recurso lo interpone el Fiscal Adjunto de Quilpué, abogado Hernán Silva Satta y en él solicita se anule el juicio oral y la sentencia por haber incurrido en el motivo absoluto de nulidad contemplado en el artículo 374 letra e), en relación con lo dispuesto en el artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, determinando el estado en el que debe quedar el procedimiento, a fin de que el Tribunal no inhabilitado que corresponda disponga la realización de un nuevo juicio oral. Efectuada la audiencia para conocer del recurso, alegaron por video conferencia el Abogado Asesor de la Fiscalía don Freddy González Valdés, quien sostuvo el recurso y, por la defensa el abogado Jaime Vera Ayala, quien lo hizo contra el recurso. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el Ministerio Público solicita se invalide la sentencia pronunciada en estos autos y el juicio que la precedió, por estimar que ella se ha pronunciado con infracción a la letra c) del artículo 342 del Código Procesal Penal, incurriendo en la causal de nulidad contenida en la letra e) del artículo 374 del mismo cuerpo normativo. Segundo: Que fundando el recurso y, luego de referirse al deber de fundamentación afirma que el

Fallo

fallo recurrido ha infringido el principio de inferencia al concluirse con premisa no acreditada, que no se probó la participación del imputado. Añade que en la sentencia se establece una premisa como cierta y válida, que no se condice con la prueba acompañada a juicio a su respecto y, en base a ella, se llega a una conclusión, lo que hace se esté transgrediendo el principio de inferencia por haber una fundamentación aparente de una premisa contra la prueba generada. Explica que el Tribunal en su sentencia, en el considerando decimoquinto establece, en cuanto a la “Convicción sobre la participación”, que no pudo establecerse la participación del acusado Rodríguez Cabrera, indicando que la prueba rendida por el persecutor se basó fundamentalmente en los testimonios de Jaime Marchant (que no se presenta a juicio y su testimonios se introduce vía testigos de oídas), Marco Antonio Alarcón Cáceres (victima) y Rodrigo Isla Illanes (funcionario de Policía de Investigaciones de Chile). Agrega que en el considerando mencionado el tribunal desarrolla su razonamiento y establece que, en cuanto a lo visto por Marchant, que fue introducido a través de Alarcón Cáceres, le caben dudas, “por carecer de detalles, como saber la forma en que lo reconoció, si lo vio de frente o de espalda, por qué calle lo vio huir”. En cuanto a la víctima y su relato, indica que el reconocimiento que el imputado le habría realizado, fue en un contexto de detención ciudadana en que se le efectuaron golpes al imp

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: En estos autos Rol I.C. N° Reforma Procesal Penal 71-2021, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte, pronunciada en los autos RIT O-370-2019 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que absuelve al acusado Ronald Ricardo Rodrí

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