DIAZ MEZA DENISSE MARIONNE /CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, por lo cual, la acción cautelar deducida no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese. N°Amparo-297-2021. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por el abogado integrante Francisco Javier Ovalle Aldunate.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese. N°Amparo-297-2021. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por el abogado integrante Francisco Javier Ovalle Aldunate.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) muz Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, por lo cual, la acción cautelar deducida no puede
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