BANCO DEL ESTADO DE CHIL/RIVERA
Rol
Fecha
18 de febrero de 2021
Materia
HIPOTECARIA, ACCIÓN SEGÚN LEY DE BANCOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Atendido lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, que prescribe “La apelación deberá interponerse en el término fatal de cinco días, contados desde la notificación de la parte que entabla el recurso, deberá contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan.”. En el presente caso, respecto del recurso de apelación deducido en subsidio del de reposición por el apoderado del ejecutante, don Gonzalo Droguett Marcuello, mediante dicho arbitrio procesal impetra: “RUEGO A S.S. acceder a la reposición, en los términos señalados. En caso de no ser acogida la presente reposición, en subsidio apelo, en los mismos términos y fundamentos de nuestra reposición, por ser gravosa la resolución, al no permitir dar curso progresivo a la tramitación de la causa de autos.”; por lo que, sin perjuicio que la resolución recurrida, es susceptible de recurso de apelación deducido en subsidio del de reposición, el arbitrio procesal carece de peticiones concretas acorde a la parte petitoria reproducida, como tampoco dicho requisito se cumple en el cuerpo del libelo, por lo cual
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en subsidio del de reposición, en el escrito de seis de enero de dos mil veintiuno, concedido el veintisiete de enero, interpuesto en contra de la resolución de cuatro de enero de dos mil veintiuno, dictada en la causa Rol C-333-2020 del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Regístrese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 34-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
Arica, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. VISTO: Atendido lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, que prescribe “La apelación deberá interponerse en el término fatal de cinco días, contados desde la notificación de la parte que entabla el recurso, deberá contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan.”.
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