RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS/CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS
Rol
Fecha
17 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece doña GABRIELA FERNANDEZ STEVENS, abogada en representación de don RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS, contador auditor y empresario, cédula nacional de identidad N°14.372.371-2, ambos con domicilio para estos efectos en San Martín 668 Concepción e interpone recurso de protección en contra de CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS, labores de casa, RUT 15.855.446-1, domiciliada en Pasaje 2 casa 936 Candelaria San Pedro de la Paz. Solicita que se dispongan todas las medidas necesarias y pertinentes para restablecer el imperio de las garantías del recurrente, en especial, que se eliminen o retiren definitivamente todo el contenido de la publicación que desacredita al actor, esto incluye fotografías y publicaciones con su nombre; ordenar que la recurrida, por si o a través de terceros, no vuelva a realizar publicación alguna utilizando el nombre o imagen del recurrente y/o sus empresas o calidad de gerente de éstas, que implique un descrédito a su persona o pueda afectar su honra, vale decir, deberá abstenerse en lo sucesivo de realizar publicaciones como las que se denuncian en el recurso u otras de similar contenido, en cualquier sitio web, la red social o en otra equivalente, bajo el apercibimiento señalado en el Auto-Acordado de la materia, todo con expresa condenación en costas. Estima transgredidas las siguientes garantías: el 19 N° 1, derecho a la vida e integridad física y psíquica; 19 Nº 4 derecho a la honra y 19 Nº 3 inc. 5° prohibición de comisiones especiales, todos de la Constitución Política de la República de Chile. Indica que el 09 de enero apareció publicada en el sitio web de Chile Reclamos sitio en que al buscar en la web el hashtag #NIUNA MENOS conduce al sitio señalado, por lo que su visualización es más expuesta y más masiva, una foto grande del rostro del recurrente, con el titular en letras grandes y negritas: ““RAUL GASTON BURGOS CISTERNA (GERENTE GENERAL Y DE EMPRESAS BURSAN)” ES UN MALTRATADOR Y ACOSADOR. NO RECONOCE A SU HIJO Y MALTRATA
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República constituye jurídicamente una acción constitucional de urgencia, de naturaleza autónoma, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. En consecuencia, para que prospere una acción constitucional de protección como la intentada en autos, es requisito la existencia de una acción u omisión, por parte de la recurrida; que dicha acción u omisión sea ilegal o arbitraria; y que con ella se afecte, incluso en grado de amenaza, alguna garantía de la recurrente, de aquellas constitucionalmente protegidas por el recurso de protección. 2º Que motiva el recurso, la publicación efectuada por doña CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS, en la página web Chile Reclamos, que señala: ““RAUL GASTON BURGOS CISTERNA (GERENTE GENERAL Y DE EMPRESAS BURSAN)” ES UN MALTRATADOR Y ACOSADOR. NO RECONOCE A SU HIJO Y MALTRATA A SU EXPAREJA. NO TRATEN CON EL”. Luego justo debajo de la FOTO DE SU ROSTRO aparece el siguiente texto: “DON RAUL GASTON BURGOS CISTERNA DUEÑO Y GERENTE GENERAL de empresas bursan concepcion y stgo Y EL FOGON DE BURSAN. Quien aún habiéndole realizado un ADN a nuestro bb no lo ha querido reconocer a 1 año 10 meses de edad. Habiéndome pedido un aborto y ofreciéndome dinero para que yo lo realizara y no bastandole con eso. Desde que nació mi bb hemos tenido que sufrir miles de humillaciones, maltratos psicológicos de parte de él y su familia. Tratando mal a mi bb desde el primer momento de vida. Siendo que yo junto a él llevaba 16 años. Desde que el era un don nadie ( ya no tengo miedo a sus amenazas ni las de su abogada).” 3º Que explica la recurrida su reacción, en síntesis derivado de haber tenido una relación afectiva con don Raul Gastón Burgos Cisterna, quien se ha negado a reconocer un hijo de filiación común, sin perjuicio de otros episodios conflictivos que dan cuenta además, de una relación de larga data. 4º Que, nuestro sistema legal, ha establecido la competencia de los órganos jurisdiccionales, en distintos niveles y para diferentes naturalezas de conflictos. La sociedad se organiza para resolver de manera civilizada cualquier evento que requiera la mediación o resolución y al mismo tiempo establece un conjunto de derechos que se aseguran a todas las personas, entre los cuales se cuenta , por ejemplo, el debido proceso. Entonces, cuando el conflicto escala al punto en el cual no es posible que las partes lo resuelvan con sus propios recursos, el camino natural, es el sometimiento del asunto al juez imparcial y preestablecido por la Constitución y la ley. En una sociedad democrática, no es tolerable la autotutela, es más, ella se encuentra consagrada excepcionalmente a propós
Fallo
fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE el recurso de protección interpuesto por don RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS, en contra de doña CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS, sólo en cuanto: a.- Doña CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS, deberá borrar de sus redes sociales, toda publicación relativa a su relación afectiva y social con don RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS. b.- Doña CAROLINA ANDREA TIZNADO VEGAS, deberá abstenerse de publicar en sus redes sociales, todo evento sobre su relación afectiva y social con don RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS. c.- Cada parte pagará sus costas. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Mutizábal quien estuvo por rechazar el presente recurso de protección constitucional, atendidas las siguientes razones: PRIMERO: Que esta acción la interpone don Raúl Burgos Cisternas a raíz de que el día 09 de enero de 2021, aparece publicado en el sitio web https://chilereclamos.com/author/vale/, una foto grande del rostro del recurrente, con el titular en letras grandes y negritas: ““RAUL GASTON BURGOS CISTERNA (GERENTE GENERAL Y DE EMPRESAS BURSAN)” ES UN MALTRATADOR Y ACOSADOR. NO RECONOCE A SU HIJO Y MALTRATA A SU EXPAREJA. NO TRATEN CON EL”.(sic) Y a continuación el siguiente texto: “DON RAUL GASTON BURGOS CISTERNA DUEÑO Y GERENTE GENERAL de empresas bursan concepcion y stgo Y EL FOGON DE BURSAN. Quien aún habiéndole realizado un ADN a nuestro bb no lo ha querido reconocer a 1 año 10 meses de edad. Habiéndome pedido un aborto y ofrecién
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C.A. de Concepción jvm Concepción, diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece doña GABRIELA FERNANDEZ STEVENS, abogada en representación de don RAÚL GASTÓN BURGOS CISTERNAS, contador auditor y empresario, cédula nacional de identidad N°14.372.371-2, ambos con domicilio para estos efectos en San Martín 668 Concepción e interpone recurso de protección en contra de CAROLINA ANDREA
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