1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FIGUEROA/SERVICIO DE SALUD METROPOLITANA NORTE HOSPITAL SAN JOSE

Rol

Fecha

16 de febrero de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de trece de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en los autos RIT Nº O-3547-2019, se acogió parcialmente la demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Melissa Figueroa Ceballos en contra del Hospital San José, declarando que entre las partes hubo una relación laboral desde el 4 de abril de 2017 hasta el 8 de marzo de 2019, y que el despido de que fue objeto la actora en esa última fecha es injustificado, condenando a la demandada al pago de las prestaciones que indica, rechazando la demanda en cuanto a la nulidad del despido, sin costas. Contra ese fallo la demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, por lo que pide se anule parcialmente el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en su integridad, haciendo lugar a la acción de nulidad despido. Asimismo, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, el que sustentó en las causales que esgrime conjuntamente, a saber: Causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo; y causal del artículo 477 del citado código, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación a los artículos 456 inciso segundo, 458, 459 N° 5 del Código del Trabajo, que estima infringidas; los artículos 1 inciso primer y segundo, artículos 3, 7 y 8 del mismo código por indebida aplicación y la falta de aplicación del Estatuto Administrativo, pidiendo se anule la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la demanda, con costas de la causa y del recurso. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto al recurso de la parte demandante: Primero: Que la demandante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración de los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo 162 del Código Laboral, explicando que se rechazó la demanda en cuanto a la petición de nulidad del despido, en circunstancias que la sentencia de la instancia fue declarativa de derechos, produciéndose una situación paradojal al constatarse una situación preexistente en la que siempre existieron remuneraciones y debía cumplirse a su respecto el pago de las cotizaciones previsionales y la procedencia de la sanción de nulidad del despido. Relaciona lo anterior, luego, con el artículo 19 inciso 1° del Código Civil, pues la norma infringida tiene un tenor claro y, además, no exige, como pretende la sentenciadora, que proceda ante el empleador que retiene las cotizaciones, pero no las paga. Dicha infracción, a juicio de la parte demandante tiene influencia sustancial en lo dispositivo del

Fallo

fallo la demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, por lo que pide se anule parcialmente el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en su integridad, haciendo lugar a la acción de nulidad despido. Asimismo, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, el que sustentó en las causales que esgrime conjuntamente, a saber: Causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo; y causal del artículo 477 del citado código, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación a los artículos 456 inciso segundo, 458, 459 N° 5 del Código del Trabajo, que estima infringidas; los artículos 1 inciso primer y segundo, artículos 3, 7 y 8 del mismo código por indebida aplicación y la falta de aplicación del Estatuto Administrativo, pidiendo se anule la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la demanda, con costas de la causa y del recurso. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: I.- En cuanto al recurso de la parte demandante: Primero: Que la demandante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración de los incisos quinto, sexto y séptimo del art

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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de trece de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en los autos RIT Nº O-3547-2019, se acogió parcialmente la demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Melissa Figueroa Ceballos en contra del Ho

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