SIN INFORMACION

LAZCANO/BANCHIERI

Rol

Fecha

13 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, con fecha 12 de Diciembre de 2020, comparece don Marcelo Lazcano Olmos, Cedula Nacional de Identidad N°16.990.332-0, Bioquímico con Magíster en Bioquímica, Director Técnico del Laboratorio de Biología Molecular, domiciliado en Ramón Freire N° 1791, comuna y ciudad de Coyhaique, quien recurre de protección en contra de Marisol Del Carmen Vidal Barría, contador, Mónica Alicia Hermosilla Ocampo, Tecnóloga Médica, Gino Andrés Banchieri Mell, Terapeuta Ocupacional, Carolina Cáceres, Tecnóloga Medica y de la organización gremial FENPRUSS AYSEN, representada legalmente por doña Marisol Del Carmen Vidal Barría, o por quien la subrogue, todos domiciliados en Jorge Ibar Nº 68, Comuna de Coyhaique, por los actos ilegales y arbitrarios cometidos por los recurridos en su contra, consistentes en la realización de imputaciones difamatorias y deshonrosas y la difusión de la misma a través de internet, vía la red social denominada “Facebook”, “Instagram de Fenpruss_aysén”, medios de comunicación locales como radio, diario, con claro descredito afectando su fuente laboral y por cierto incluso a su familia, actos que han lesionado, perturbado e infringido su dignidad como persona y sus derechos a la honra, imagen y a su vida privada, afectando su reputación personal, todos consagrados y protegidos en los numerales 4 y 24, del artículo 19, de la Constitución Política de la República, solicitando, en definitiva, que se acoja el presente recurso y se les ordene “a) Eliminar todo el contenido publicado en mi descrédito, en el sitio web denominado “Facebook”, Instagram Fenpruss Aysén, Medios de comunicación o por cualquier otro similar, y; b) Que se abstengan de seguir realizando y compartiendo publicaciones de ese tipo por cualquier vía.”, con costas, acompañando la documentación relacionada en el tercer otrosí de su presentación. Con fecha 15 de Diciembre de 2020, se declaró admisible el recurso de protección y se ordenó pedir informe a los recurridos. Con fecha 20 de Enero

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente de protección funda su acción cautelar, indicando que, desde su llegada el 9 de Julio del año 2018, al Hospital Regional de Coyhaique, ha recibido hostigamiento, persecución y acoso de parte de la Tecnóloga Médica Mónica Hermosilla quien es gremialista Fenpruss- Aysén; acusaciones falsas, injurias, calumnias, difamación y desprestigio por parte de Marisol Vidal (Presidenta), Mónica Hermosilla (Directora) y Gino Banchieri (Tesorero), todos gremialistas Fenpruss, el día 16 de noviembre del año 2020, además de falsas acusaciones de parte de Carolina Cáceres, Tecnóloga Médica. Luego, relata una serie de situaciones que debió afrontar desde su llegada al Hospital Regional de Coyhaique, que derivaron en su salida forzosa de su cargo de Jefe (S) de Laboratorio de Biología Molecular, salida de la cual se adjudicó su mérito la TM Mónica Hermosilla. Hace, además, una relación de algunas tareas como actualización de documentos de calidad, acción que denotó malestar entre algunos de sus compañeros ya que tuvo que corregir y actualizar documentos creados por ellos; levantamiento, puesta en marcha y certificación del Laboratorio de Biología Molecular; pruebas para ver la factibilidad de implementar la técnica “Pool Testing”; verificación de equipo Vivalytic; cambio a Kit Multiplex de TermoFisher; incongruencias en procesamiento del día 23 de Octubre y, por último, la petición de su jefatura directa de trabajar en sus días de vacaciones. Refiere, en cuanto al fondo del recurso, que el día 16 de Noviembre el gremio Fenpruss, junto a algunos Tecnólogos Médicos (no todos afiliados a ese gremio) realizan una manifestación fuera del Hospital Regional de Coyhaique exigiendo su salida del cargo de Director Técnico del laboratorio de Biología Molecular, según los directivos de Fenpruss por malas prácticas desde su persona que han puesto en riesgo los resultados del procesamiento de PCR, que las pruebas no tienen certezas de los resultados obtenidos, mencionando que no tiene las competencias necesarias como profesional, que no trabaja con las normas establecidas para un laboratorio de Biología Molecular, también se menciona que los profesionales están trabajando sin acceso a baños y saliendo a las 3 de la mañana, además que como laboratorio están siendo cuestionados por el ISP, por lo que el gremio exige su renuncia del cargo y si esto no se efectúa llamarán a un paro general de laboratorio, todo lo cual se corrobora a través de los enlaces que indica. Expresa que, tanto el Director del Hospital don Jaime López, el Jefe de Sub-departamento de Apoyo Clínico y Terapéutico Doctor Carlos Mansilla, el Director del Colegio Médico Doctor Claudio Vallejos, han defendido el trabajo realizado en el laboratorio de biología molecular, mencionando que las acusaciones de Fenpruss han sido infundadas y que confían en los resultados obtenidos en el laboratorio generados por su liderazgo y que todo eso podría haberse originado debido a celos de

Fallo

Fallo del Recurso sobre Garantías Constitucionales y sus modificaciones, se resuelve: Que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por don Marcelo Lazcano Olmos, Cédula Nacional de Identidad N°16.990.332-0, en contra de Marisol Del Carmen Vidal Barría, contador, Mónica Alicia Hermosilla Ocampo, Tecnóloga Médica, Gino Andrés Banchieri Mell, Terapeuta Ocupacional, Carolina Cáceres, Tecnóloga Medica, y de la organización gremial FENPRUSS AYSEN, representada legalmente o quien la subrogue legalmente, doña Marisol Del Carmen Vidal Barría; sin perjuicio de los derechos que las partes puedan ejercer y discutir por las vías legales que sean pertinentes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Señor Ministro Titular don Sergio Fernando Mora Vallejos. Rol 559-2020 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, trece de Febrero del año dos mil veintiuno. VISTOS: Que, con fecha 12 de Diciembre de 2020, comparece don Marcelo Lazcano Olmos, Cedula Nacional de Identidad N°16.990.332-0, Bioquímico con Magíster en Bioquímica, Director Técnico del Laboratorio de Biología Molecular, domiciliado en Ramón Freire N° 1791, comuna y ciudad de Coyhaique, quien recurre de protección en contra de Marisol Del

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