SIN INFORMACION

AGRICOLA Y COMERCIAL DON CLEMENTE/ORTIZ

Rol

Fecha

12 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don PATRICIO PINTO HURTADO ha deducido recurso de queja en contra de la señora Jueza Suplente del 1° Juzgado de Letras de Buin, doña Myriam Verónica Ortiz Urra, por estimar que en los autos Rol 0-63-2020 se ha incurrido en falta o abuso en la dictación de la resolución del cuatro de febrero de dos mil veintiuno, que rechaza el incidente de nulidad de lo obrado interpuesto por su parte. Segundo: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, dispone que el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso reclamada se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o en sentencia definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Tercero: Que del mérito de los antecedentes aportados y los que constan en el proceso, se advierte que la resolución de fecha cuatro de febrero del año en curso, impugnada por la presente vía, no reviste la naturaleza de aquéllas a que se refiere la norma legal precitada. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentación del diez de febrero del año en curso, en contra de la resolución dictada por el 1° Juzgado de Letras de Buin con fecha cuatro de febrero del mismo año, en los autos Rol O-63-2020. Al primer, segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de autos. Al cuarto otrosí: A sus antecedentes. Al quinto otrosí: Téngase presente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 56-2021-LAB.COB. (Queja)

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentación del diez de febrero del año en curso, en contra de la resolución dictada por el 1° Juzgado de Letras de Buin con fecha cuatro de febrero del mismo año, en los autos Rol O-63-2020. Al primer, segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de autos. Al cuarto otrosí: A sus antecedentes. Al quinto otrosí: Téngase presente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 56-2021-LAB.COB. (Queja)

Texto Completo (Preview)

CH(PAB) San Miguel, doce de febrero de dos mil veintiuno. Resolviendo el escrito folio N°8.700: A lo principal: Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don PATRICIO PINTO HURTADO ha deducido recurso de queja en contra de la señora Jueza Suplente del 1° Juzgado de Letras de Buin, doña Myriam Verónica Ortiz Urra, por estimar que en los autos Rol 0-63-2020 se ha incurrido en falta o abus

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