FUENTES/SÁEZ (LTE)
Rol
Fecha
11 de febrero de 2021
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la resolución de veintisiete de octubre del año dos mil veinte, dictada por el 6° Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-15572-2020. Acordada contra el voto de la Ministra señora Leyton, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, teniendo en consideración: 1° Que, el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil faculta a todo acreedor que carece de un título ejecutivo a ejercer el derecho de preparar la vía ejecutiva a través de la citación a confesar deuda, independientemente de si cuenta o no con algún antecedente que avale su pretensión. Es decir, en los términos absolutos de dicha disposición, que no hace excepción alguna, revelan que el propósito de la ley no fue subordinar la procedencia de esta gestión a la acreditación o discusión respecto de ningún género o elemento de hecho que dé cuenta de la formación del título que ha de servir de base a la ejecución, del que se pueda desprender la calidad de acreedor solicitante. 2º Exigir la acreditación de la calidad de acreedor del solicitante haría inoficiosa la existencia del artículo 435 que precisamente regula aquella situación en que no se cuenta con documento alguno que atestigüe la deuda y transgrede el principio de pasividad al que debe estar el tribunal a quo al exigir un trámite no dispuesto en la ley para el procedimiento de autos, atendida la etapa procesal, conforme lo dispone el artículo 10 inciso primero del Código Orgánico de Tribunales, motivo por el cual, a juicio de esta disidente, correspondía acoger el recurso. Comuníquese. N°Civil-13295-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de febrero de dos mil veintiuno. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la resolución de veintisiete de octubre del año dos mil veinte, dictada por el 6° Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-15572-2020. Acordada contra el voto de la Ministra señora Leyton, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, teniendo en consideración: 1° Que, e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica