SIN INFORMACION

OLIVA/CÓRDOVA

Rol

Fecha

10 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, comparece Gladys Cristina Oliva San Martín, dueña de casa, casada, con domicilio en camino Curapaso kilómetro 4340, comuna Yungay, quien por sí y en representación de sus hijos Alejandro Antonio Catalán Oliva de 16 años de edad, Maximiliano Alfonso Catalán Oliva de 10 años de edad, Antonella Estefanía Catalán Oliva, de 10 años de edad y Josefa Aurora Catalán Oliva, de 3 años de edad 3, recurre de protección en contra de Gloria Matilde Oliva San Martín, separada, en contra de la pareja de ésta Edgardo Gabriel Córdova Sandoval y de su sobrina Gina Maite Vera Oliva, todos con domicilio en pasaje Río Trilaleo número 173, Villa Trilaleo, comuna de Yungay, quienes, por medio de actos arbitrarios e ilegales han perturbado y amenazado el legítimo ejercicio del derecho a la integridad psíquica de sus hijos y el derecho a la vida privada de éstos y la de la propia recurrente que comparece. Al fundamentar su acción constitucional expresa que actualmente, y desde julio de 2020, se encuentro viviendo en camino Curapaso, kilómetro 4340, comuna Yungay, propiedad de su hermana, la recurrida, quien es propietaria del inmueble que ocupa (recurrente), junto a su marido Alejandro Catalán Silva ysus hijos Alejandro Antonio, Maximiliano Alfonso, Antonella Estefanía y Josefa Aurora, todos Catalán Oliva, dado que su hermana había terminado una relación sentimental y había desocupado el inmueble, precisando que el uso de la casa sería mientras pudiere construir una casa en un terreno de su propiedad que se encuentra cercano al terreno de su hermana. Añade que, hacia principios de diciembre 2020, luego de reiniciar su hermana su relación sentimental con su pareja, ésta comenzó a visitarla sin aviso y en forma repetida, vendiendo animales que estaban a su cuidado sin informarle, lo que le provocaba angustia, destacando que un día, mientras estaba entrando a las gallinas, se percató que faltaban dos y debido a que ese día había salido y no estuvo en la casa le llamó por tel

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto por doña Gladys Cristina Oliva san Martín, en representación de sus hijos Alejandro, Maximiliano, Antonella y Josefa, todos Catalán Oliva, en contra de doña Gloria Matilde Oliva San Martín, Edgardo Gabriel Córdova Sandoval y Gina Maite Vera Oliva. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Ministro señor Darío Silva Gundelach. Rol N° 8 - 2021 PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

Chillán, diez de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: 1°.- Que, comparece Gladys Cristina Oliva San Martín, dueña de casa, casada, con domicilio en camino Curapaso kilómetro 4340, comuna Yungay, quien por sí y en representación de sus hijos Alejandro Antonio Catalán Oliva de 16 años de edad, Maximiliano Alfonso Catalán Oliva de 10 años de edad, Antonella Estefanía Catalán Oliva, de 10 años de ed

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