PIULATS/A.F.P. PROVIDA S.A.
Rol
Fecha
9 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (DEL ACUERDO)
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que, comparece Len Galleguillos Medina, abogado, en favor de Rafael Matías Piulats Polloni, domiciliado en Avenida Pedro de Valdivia N° 2038, Providencia, y deduce acción de protección constitucional en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., en adelante AFP Provida S.A. Indica que en razón de la reforma constitucional que permitió el retiro del 10% de los fondos previsionales, su representado solicitó el referido retiro el 31 de julio de 2020, mediante el portal web de la recurrida, quien el 8 de agosto de ese mismo año, vía correo electrónico, le informó que su solicitud de retiro había sido aceptada. Explica que, hasta la fecha de interposición de su acción, no han sido depositados los fondos previsionales requeridos, infringiendo con ello el plazo máximo legal de 10 días hábiles desde la fecha de la solicitud. Agrega que interpuso un reclamo ante la Superintendencia de Pensiones asignado con el identificado C20200831-162151, limitándose la respuesta de dicha institución solo a un correo informativo sin especificación de su caso particular. Refiere que los hechos descritos vulneran las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 1 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando que su recurso sea acogido al estimar que la conducta de la recurrida es arbitraria e ilegal, y pide se restablezca el imperio del derecho, ordenando el pago de sus fondos, con expresa condena en costas. Segundo: Que, comparece informando el recurso el abogado Daniel Garrido Santoni, en representación de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., y alega en primer término, que la acción ha de ser desestimada, por cuanto se ha procedido al pago de los fondos previsionales del recurrente, correspondientes a su retiro de 10%, ascendientes a $994.095. En consecuencia, solicita se confiera traslado al recurrente para ratificar el pago invocado y, por dicha razón, estima que su acción ha perdido opo
Fundamentos
fundamentos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por Len Galleguillos Medina, abogado, en favor de Rafael Matías Piulats Polloni en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. Redacción del Ministro Miguel Eduardo Vázquez Plaza. Rol Corte Nº 83884-2020 (Protección) Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada, además, por las ministras señora Elsa Barrientos Guerrero y señora Inelie Durán Madina. No firma el ministro señor Vázquez, por encontrarse con permiso administrativo.
Fallo
por tanto el objeto y petición concreta de su recurso. En razón de lo dicho, no existiendo a la fecha un acto arbitrario e ilegal ni medida que esta Corte pueda adoptar para reestablecer el imperio del derecho atendida su evidente naturaleza cautelar, la presente acción deberá ser rechazada, por haber perdido oportunidad. Por estos fundamentos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por Len Galleguillos Medina, abogado, en favor de Rafael Matías Piulats Polloni en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. Redacción del Ministro Miguel Eduardo Vázquez Plaza. Rol Corte Nº 83884-2020 (Protección) Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada, además, por las ministras señora Elsa Barrientos Guerrero y señora Inelie Durán Madina. No firma el ministro señor Vázquez, por encontrarse con permiso administrativo.
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de febrero de dos mil veintiuno. Visto y considerando. Primero: Que, comparece Len Galleguillos Medina, abogado, en favor de Rafael Matías Piulats Polloni, domiciliado en Avenida Pedro de Valdivia N° 2038, Providencia, y deduce acción de protección constitucional en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., en adelante AFP Provida S.A. Indica que en razón de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica