RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE SERGIO ISAAC BASTIAS LABBE C/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - SEGUNDO SEMESTRE
Rol
Fecha
8 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ÍTALO FRANCISCO ARRATIA ORELLANA, abogado, por el condenado SERGIO ISAAC BASTIAS LABBE, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien pronunció la resolución N° 0372-2020 de fecha 06 de octubre de 2020 en la que rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 4 años por el delito de robo con intimidación, con privación de libertad desde 24 de septiembre de 2019 hasta el día 25 de mayo de 2021 en el Centro Penitenciario de La Serena, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional con fecha 19 de enero de 2020, por reconocérsele un abono de 856 días. Agrega que el interno ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos seis bimestres. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio pues el informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de la postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. Asimismo, dicho informe no dio cuenta de que el condenado presente conciencia del delito, del mal causado y que manifieste un rechazo explícito a los delitos cometidos. Refiere que lo anterior se ve desvirtuado en razón del informe pericial psicológico evacuado por doña Claudia Bustos Miranda que en lo relevante contrasta con el anterior, pues indica que el amparado sí posee conciencia del delito, cuenta con una red de apoyo estable y un lugar para vivir, posee los medios y experiencias suficiente para incorporarse en el ámbito laboral. Prosigue describiendo la metodología que habría aplicado la perito particular, haciendo hincapié en que esta, a diferencia de la utilizada por Gendarmería de Chile, tiene validez científica. Adicionalmente, dado que no se habrían considerado en el informe
Fundamentos
motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de SERGIO ISAAC BASTIAS LABBE en contra de la Comisión de Libertad Condicional, dejándose sin efecto la Resolución N° 0372-2020 de fecha 06 de octubre de 2020, disponiéndose en su lugar que se concede al amparado el beneficio de la Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Montenegro, quien fue del parecer de rechazar el presente arbitrio constitucional, por estimar que, en la especie, los documentos aportados por la recurrente no logran desvirtuar las conclusiones a las que, en su oportunidad y con los antecedentes tenidos a la vista, arribó la Comisión de Libertad Condicional, no vislumbrándose en consecuencia actuar arbitrario o ilegal alguno reprochable por esta vía. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 47-2021 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Bastias Labbe, Sergio Isaac Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 47-2021.- La Serena, ocho de febrero de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ÍTALO FRANCISCO ARRATIA ORELLANA, abogado, por el condenado SERGIO ISAAC BASTIAS LABBE, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien pronunció la resolución N° 0
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