SIN INFORMACION

MAGALY ROJAS ORTIZ CONTRA GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

6 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 28 de enero del año en curso, ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. comparece doña Magaly Rojas Ortiz quien recurre de amparo a favor de su hijo Roberto Torres Rojas, actualmente recluido en el establecimiento penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt, cumpliendo cuarentena ya que será cambiado el próximo sábado, a un módulo en el cual fue amenazado de muerte. Para efectos de proteger la vida del amparado solicita que sea enviado al Módulo 1 de máxima seguridad. Recibidos los antecedentes el día 28 de enero último, con igual fecha se tiene por interpuesto el recurso de amparo y se solicitó informe el que es evacuado mediante Of. N° 165/2021 por el Director Regional de Los Lagos, Coronel Sebastián Urra Palma. El amparado, Roberto Sebastián Torres Rojas, es un interno condenado por el delito de receptación, hurto de especies, multa, porte ilegal de arma de fuego, receptación, robo por sorpresa, lesiones menos graves, a la pena de 1357 días más 3 años un día, más 60 días, más 15 días de privación de libertad. Inicia condena con fecha 6 de agosto de 2018 y cumple su condena con fecha 25 de abril de 2025. Presenta alto compromiso delictual, puntuación de 130,9 pts., es sindicado como líder negativo entre sus pares, registra diversas faltas al régimen interno (riñas, intentos de evasión o fuga en CDP Quillota año 2007 y CP Valparaíso, año 2008, porte y confección de armas blancas artesanales, registra historial de delitos violentos, actualmente en módulo 72 proveniente del CP de Punta Arenas. Con fecha 17 de enero de 2021, el interno condenado ingresa al Complejo Penitenciario de Puerto Montt, por medio de Resolución Exenta 21 del Subdirector Operativo, de fecha 4 de enero del año en curso, el que obedece a estrictas medidas de seguridad institucional y personal tomadas hacia el interno dada la refractariedad que presenta éste durante su vida penitenciaria. Mantenía una segmentación agotada en su región, siendo un líder negativo con dominio so

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes; frente a amenazas arbitrarias o ilegales al ejercicio de dicha libertad, y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual y sin que importe el origen de tales atentados. Segundo: Que, en la especie, ha concurrido a solicitar el amparo constitucional por esta vía, doña Magaly Rojas Ortiz por el interno condenado Roberto Torres Rojas, actualmente recluido, en el CP de Puerto Montt, solicitando su traslado de módulo a uno de máxima seguridad por encontrarse amenazado de muerte por otros reclusos. Tercero: Que el artículo 6º del D. L. Nº 2859 del Ministerio de Justicia que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, atribuye como obligaciones y atribuciones del Director Nacional en su numeral 12.- “Determinar los establecimientos en que los condenados cumplirán sus penas y disponer los traslados de ellos de acuerdo con la reglamentación vigente”, competencia que se ha ejercido recibiendo al amparado en la Comunidad terapéutica para una cuarentena preventiva, con ocasión de su traslado desde el establecimiento penitenciario de Punta Arenas al existente en esta comuna de Puerto Montt, concluida la cual será evaluado para efectos de su ingreso al módulo que corresponda a su clasificación de conducta y compromiso delictual, descartando aquellas dependencias habitadas por internos que le han proferido amenazas verbales. Cuarto: Que, conforme a los antecedentes allegados al recurso, habiendo la institución penitenciaria ajustada su proceder en el ámbito de sus competencias y atribuciones legales y reglamentarias, debiendo evaluarse en su oportunidad la asignación de módulo, conforme se ha explicitado, el presente recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por doña Magaly Rojas Ortiz a favor de su hijo Roberto Torres Rojas, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 37-2021.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, seis de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: Con fecha 28 de enero del año en curso, ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. comparece doña Magaly Rojas Ortiz quien recurre de amparo a favor de su hijo Roberto Torres Rojas, actualmente recluido en el establecimiento penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt, cumpliendo cuarentena ya que será cambiado el próximo sábado, a un m

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