/ GERDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
5 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece Lorena Maggio Guldner, Defensor Penal Público, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Joaquín Ignacio Campos Pizarro, cédula de identidad N°18.706.658-1, en contra de Gendarmería de Chile por haber remitido un informe psicosocial en forma irregular y contradictoria que incide negativamente en la postulación al beneficio de pena mixta, afectando la libertad personal del amparado. Indica que el amparado se encuentra condenado en causa RIT N 2927-2016, RUC: 1600270633-8, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar por el delito de robo con intimidación, a la pena de 5 años y 1 día. Señala que la defensa solicitó la aplicación de la pena mixta, por lo que se pidió un informe de Gendarmería al respecto, siendo remitido con fecha 01 de septiembre de 2020 el informe N° 05.23.00, siendo completamente desfavorable, aun cuando el amparado ha participado activamente en bastantes talleres y mantiene una muy buena conducta. Agrega que la defensa solicitó informe respecto de los talleres que ha realizado el condenado, siendo remitido el informe N° 05.01.00 de fecha 04 de noviembre de 2020, que señala que el amparado cumple labores de artesano en madera, reportando una conducta muy buena. Solicita en definitiva, se acoja el presente arbitrio ordenando a Gendarmería realizar un informe que tenga relación con la realidad, puesto que este actuar irregular y contradictorio, no sólo con la realidad, sino que también, no se condice con el otro informe emitido por gendarmería, incide directamente a la postulación de la pena mixta, afectando la libertad personal del amparado. A folio 7, informa el Centro de Reinserción Social de Valparaíso, indicando que recibieron los antecedentes del caso con fecha 10 de junio de 2020 desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso, a través del Of. Ord. N° 3288 que informa que el amparado, en cuanto al cumplimiento de los requisitos de pena mixta, no cumplía requisito relativo a la conducta; el certificad
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. SEGUNDO: Que, el recurrente funda su acción de amparo en el hecho de haber emitido Gendarmería un informe psicosocial, para los efectos de postular al beneficio de pena mixta, de forma irregular y con conclusiones contradictorias a lo indicado en los informes y documentos que se acompañan. TERCERO: Que Gendarmería por su parte, informó que el amparado no cumple con el requisito de conducta exigido, no recomendando el Consejo Técnico el reemplazo de la pena privativa de libertad por la libertad vigilada intensiva, señalando además que dicho informe fue elaborado de acuerdo a los estándares institucionales, dentro de los plazos establecidos y cumpliendo con todas las acciones y tareas estandarizadas que deben realizarse para todos los informes de pena mixta. CUARTO: Que si bien consta en el ORD: Nº 05.23.00 que el amparado cuenta con muy buena conducta solo lo es en el ámbito laboral, siendo que la conducta necesaria para el otorgamiento del beneficio de la pena mixta corresponde a un buen desempeño también en lo educacional y conductual, no existiendo, en consecuencia, ninguna contradicción en las conclusiones del informe evacuado por Gendarmería de Chile. QUINTO: Que de lo expuesto, no se advierte un actuar ilegal de la autoridad requerida que atente contra la libertad del amparado, razón por la cual el presente recurso no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducida en favor de Joaquín Ignacio Campos Pizarro y en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-97-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de febrero de dos mil veintiuno. VISTO: A folio 1, comparece Lorena Maggio Guldner, Defensor Penal Público, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Joaquín Ignacio Campos Pizarro, cédula de identidad N°18.706.658-1, en contra de Gendarmería de Chile por haber remitido un informe psicosocial en forma irregular y contradictoria que incide neg
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